Hola, como estas?. Ha surgido una duda en mi tarabajo, uno de mis compañeros quiere reclamar correspondientemente sin asesoria, que no se le realicen descuentos de obra social sobre el concepto "Presentismo". Alega que en ningun lado figura que sobre ese concepto se debe descontar la obra social. Somo empleados de comercio, y no estoy segura de que este en lo correcto pero no se que ley pueda resolver en concreto este tema.
Muchas gracias!!!!
Muchas gracias!!!!
