Hola quiero ratificar si estoy en lo cierto: en cualquier momento me llega demanda en provincia de buenos aires, tengo que contestarla por el patron. Quien emitia los recibos de sueldo es una sociedad de hecho que integran dos familiares. Si demanda en forma personal a los socios le opongo excepcion de falta de legitimidad pasiva. Si demanda a la sociedad quien contesta? ADemas otra cosa, puedo patrocinar o tengo que necesariamente ser apoderado como si fuera una SA la que contesta?
L sociedad de hecho esta representada indistintamente por cualquiera de los socios, quienes responden ambos con todo su patrimonio. No hay un patrimonio distinto de los socios, asi que no tiene sentido escudarse en la sociedad.
Contesta por los dos socios y por la sociedad, con poder o patrocinio, como quieras.
