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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #863820  por laureanoignacio
 
Estimados Colegas. Esta vez mi consulta es si saben cual es el plazo de prescipcion de las multas de la Ley 24.013. Debo aplicar el art. 10 (1/4 parte de la remuneracion no registrada), y no se sobre cuantos años para atras debo calcularla (en el caso, mi clienta tiene una antiguedad de 9 años). Desde ya, muchas gracias
 #863838  por juanbte
 
ARTICULO 10. — El empleador que consignare en la documentación laboral una remuneración menor que la percibida por el trabajador, abonará a éste una indemnización equivalente a la cuarta parte del importe de las remuneraciones devengadas y no registradas, debidamente reajustadas desde la fecha en que comenzó a consignarse indebidamente el monto de la remuneración.
 #863892  por grcerrutti
 
La prescripción en el caso del art.10 LNE corre a partir de que nace la obligación de pagar la multa (con sus respectivas suspensiones y/o interrupciones).
La referencia a las remuneraciones es un mero método de cálculo que no tiene nada que ver con la prescripción. El único límite que fijaba la ley es que no se podía aplicar sobre remuneraciones devengadas dos años antes a la sanción pero en tu caso no llega a esa fecha.
 #863898  por eltam88
 
grcerrutti escribió:La prescripción en el caso del art.10 LNE corre a partir de que nace la obligación de pagar la multa (con sus respectivas suspensiones y/o interrupciones).
La referencia a las remuneraciones es un mero método de cálculo que no tiene nada que ver con la prescripción. El único límite que fijaba la ley es que no se podía aplicar sobre remuneraciones devengadas dos años antes a la sanción pero en tu caso no llega a esa fecha.
Es como te dice el/la colega, es decir cuando transcurrieron los 30 días desde que enviaste el telegrama cumpliendo con las formalidades del 11 24013, 2 años para adelante tenes para cobrar la respectiva multa.