colegas, que opinan que esta intimación?
el caso es: trabajador prestando tareas en empresa usuaria. sufre accidente de trabajo, empieza licencia. parte medico de egreso de ART de enero. va a la empresa y no lo dejan entrar. va a la empleadora, o sea a la empresa de servicios eventuales le dicen que tienen 45 dias para darle otro destino, pero no notifican fehacientemnte nada... (salvo que le hayan hecho firmar algo, pero eso no lo se).
HOY recien voy a mandar el primer TCL. Al principio Pensaba decir que habiendo vencido el plazo de 45 días corridos (en febrero vencio! pero bueno, no hay norma que imponga un plazo al trabajador para intimar) INTIMO 24 hs dacion de tareas y pago de salarios desde el vencimieno del plazo de suspension hasta la fecha, bajo aperc. de considerarme despeiddo.
Ahora, pensando en que si la empresa de serv eventuales no notifico fehacientemtne la suspension no podrá alegarla, pues es a su favor digamos, pense en INTIMAR directamente diciendo que el día siguiente al alta medica, se presento en la usuaria, y no lo dejanron entrar. Desde entonces se encuentra a disposición de la empleadora, sin asignación efectiva de tareas, y sin pericibir salarios, por lo que intima dacion de tarea,s pago salarios adeudados desde el día del alta todo bajo aperc. de despido indirecto.
Que me dicen?
el caso es: trabajador prestando tareas en empresa usuaria. sufre accidente de trabajo, empieza licencia. parte medico de egreso de ART de enero. va a la empresa y no lo dejan entrar. va a la empleadora, o sea a la empresa de servicios eventuales le dicen que tienen 45 dias para darle otro destino, pero no notifican fehacientemnte nada... (salvo que le hayan hecho firmar algo, pero eso no lo se).
HOY recien voy a mandar el primer TCL. Al principio Pensaba decir que habiendo vencido el plazo de 45 días corridos (en febrero vencio! pero bueno, no hay norma que imponga un plazo al trabajador para intimar) INTIMO 24 hs dacion de tareas y pago de salarios desde el vencimieno del plazo de suspension hasta la fecha, bajo aperc. de considerarme despeiddo.
Ahora, pensando en que si la empresa de serv eventuales no notifico fehacientemtne la suspension no podrá alegarla, pues es a su favor digamos, pense en INTIMAR directamente diciendo que el día siguiente al alta medica, se presento en la usuaria, y no lo dejanron entrar. Desde entonces se encuentra a disposición de la empleadora, sin asignación efectiva de tareas, y sin pericibir salarios, por lo que intima dacion de tarea,s pago salarios adeudados desde el día del alta todo bajo aperc. de despido indirecto.
Que me dicen?
