Estimados: Como realizo la declaración jurada del 39, aún no llegamos a la vista de causa. (el demandado no pago el anticipo para el perito)Espero respuestas! cordiales saludos
la presunción del art. 39 opera si lo mencionaste en la demanda, si el empleador no presenta los libros que prueben lo contrario a lo que manifiesta el empleador en cuanto a las remuneraciones, fechas de ingresos, etc.
No tenés que hacer nada..solo esperar que el empleador los presente. Si no lo hace, opera la presunción de tus dichos en tu favor, o sea, el de tu cliente.
