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 #877713  por Alejandrina
 
Hola a PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP"!
Tengo una sentencia de apelacion de dictamen comision medica, donde declara a mi cliente un porcentaje de incapacidad.

Mis dudas son las siguientes:
Yo tengo que presentar la liquidacion?
Y respecto de los intereses, la sentencia nada dice a cerca de ellos, eso no importa??? o tengo que pedir que me digan cual aplicar??
Los intereses se calculan desde la facha del accidente?

Gracias por la ayuda!!!!
 #877791  por sanjuanino
 
El tema de los intereses depende ciertamente de las acordadas y los usos y costumbres de la jurisdicción. En san juan, en el ámbito laboral se aplica intereses de la tasa activa del banco nación desde la interposición de la demanda (aunque ultimamente algunos juzgados estan aceptando la aplicación de intereses desde el momento del distracto)
En otras jurisdicciones, se aplica la tasa pasiva (creo que en capital o en provincia de Bs. As.), y en general (en casi todas las jurisdicciones) desde el momento del distracto o del accidente
 #878119  por Alejandrina
 
Gracias Sanjuanino!!!
O sea ppresento la liquidacion y aplico intereses?
Me quedaba la duda si el tema de intereses debia determinarlo la sentencia
Se entiende que por mas que no diga nada los intereses se computan igual??

graciassssssssssss !!!
 #878122  por gusgus
 
yo entiendo que la sentencia debe establecer los intereses a aplicar....

si no lo hizo, debio recurrir la misma.....

si nada dice, se complica aplicarlos pues la liquidacion debe reflejar los parametros establecidos en la sentencia...