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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #877773  por caro564
 
Tengo un caso de una trabajadora que nunca le entregaron recibos de sueldo, era moza y le pagaban la mitad de la remuneración del CCT. Intimó a que la registren y a que le paguen las diferencias salariales. Le contestan que esta registrada debidamente, pero ella no sabe porque nunca le entregaron recibos.
Ella dice que es mentira y se considera despedida. Luego averiguamos que la tenian registrada por el sueldo establecido en el CCt, pero le pagaban la mitad del sueldo que figuraba registrada y obvio nunca le entregaron recibos. La pregunta es si da para el despido indirecto. En que lo fundamento?, porque este caso es diferente a lo general. Acá la tenian registrada por el sueldo del CCt pero le pagaban la mitad y sin entregarle recibo de sueldo. Por favor avísenme si saben algo!!!
 #877795  por sanjuanino
 
caro564 escribió:Tengo un caso de una trabajadora que nunca le entregaron recibos de sueldo, era moza y le pagaban la mitad de la remuneración del CCT. Intimó a que la registren y a que le paguen las diferencias salariales. Le contestan que esta registrada debidamente, pero ella no sabe porque nunca le entregaron recibos.
Ella dice que es mentira y se considera despedida. Luego averiguamos que la tenian registrada por el sueldo establecido en el CCt, pero le pagaban la mitad del sueldo que figuraba registrada y obvio nunca le entregaron recibos. La pregunta es si da para el despido indirecto. En que lo fundamento?, porque este caso es diferente a lo general. Acá la tenian registrada por el sueldo del CCt pero le pagaban la mitad y sin entregarle recibo de sueldo. Por favor avísenme si saben algo!!!
y por que razón se consideró despedida????
Me parece que acá hay un error capital y gravísimo desde el intercambio telegráfico
 #877798  por Romina34
 
coincido, me parece que el intercambio telegrafico no estuvo bien hecho... si bien x los hechos podría haber intimado x las diferencias y considerado despedida ante la negativa, porque le pagaban de menos y el empleador no podría acreditar haber pagado el total que indican los recibos xq ella nunca los firmo, creo que no fue lo que se plasmo en el intercambio.. es decir no fue esa la causa del despido indirecto.
no se puede en la demanda cambiar la causa del despido indirecto... repasa bien el intercambio y quiza (es lo unico que se me ocure) podrías exponer en los hechos lo que sucedió, es decir, que ella intimó en los términos que lo hizo xq ignoraba la correcta regstración, toda vez que nunca firmó un recibo de sueldo, la prueba de ello estaría luego en que el empleador no tendría los recibos firmados x ella...
espera otras opiniones.
saludos!
 #877850  por caro564
 
Gracias por las diferentes opiniones!!! En realidad una de las causas que enumera ella para considerarse despedida es que no le pagan las diferencias salariales desde el comienzo de la relación (desde hace seis meses ya que le pagaban la mitad de lo que le correspondía). Lo puedo fundamentar por allí y además explicar las otras irregularidades por la falta de entrega de recibos de sueldo? GRacias por todas las respuestas.
 #877863  por Floresta
 
caro564 escribió:Gracias por las diferentes opiniones!!! En realidad una de las causas que enumera ella para considerarse despedida es que no le pagan las diferencias salariales desde el comienzo de la relación (desde hace seis meses ya que le pagaban la mitad de lo que le correspondía). Lo puedo fundamentar por allí y además explicar las otras irregularidades por la falta de entrega de recibos de sueldo? GRacias por todas las respuestas.
Si en en Capital opino que trates de arreglar en SECLO. Habría que haber recompuesto cuando te contestan que estaba registrada, no van a decir por pieza telegráfica que lo está si la relación estuviera en negro total, a lo sumo desconocerían la relación laboral.
Si la causal del despido fue la falta de registración total y se encontraba registrada, se dio mal por despedida. Podrás sí reclamar diferencias salariales denunciadas siempre que hubieras denunciado su real categoría y el sueldo percibido por debajo de lo que le correspondía, pero no se si te caminaría la indemnización por despedido.


No infiero si vos tomaste el caso de entrada y realizaste el intercambio en función de lo que te informaba tu cliente, pero para la próxima situación, (uno aprende le los primeros dolores de cabeza) te sugiero que si el cliente te dice que cree que está en negro, sobre todo en el rubro gastronómico y de comercio, lo mandes urgente a la AFIP que saque clave fiscal (con DNI se la dan en el momento) y te la pase. Entrás a la página y allí vas a la opción MIS APORTES. Eso no me ha fallado hasta ahora. Recién ahí inicio el intercambio sin sorpresas. Sirve también para saber si pedis por el 132 y para la antigüedad que se denuncia (en la segunda demanda que hice me enteré que mi cliente había tenido en el medio de la relación laboral denunciada otro trabajo registrado en jornada completa).
Suerte
 #877937  por caro564
 
Gracias Floresta!! En el intercambio telegráfico cooperé un poco, ya que mi clienta no quería ir más a trabajar. Tuve que forzar el despido. Igual tenés razón con respecto a asegurarme si estaba registrada o no. Ella intimó a que la registren y a que le paguen las diferencias salariales, que eran la mitad del sueldo que le correspondía por CCt. Cuando la empleadora contestó le dijo que estaba registrada correctamente pero que negaba adeudar diferencias salariales. Luego ella se da por despedida porque no le reconocieron las diferencias salariales y negó estar registrada porque nunca le entregaron ningún recibo de sueldo. Lo curioso es que cuando saco la clave fiscal nos dimos cuenta que estaba registrada por un sueldo que era el doble de lo que verdaderamente percibía. Ellos no pueden demostrar que le pagaban el sueldo que registraron porque no tienen ningún recibo de sueldo firmado por la trabajadora por el importe que declararon. Además cuando verificamos en Afip salio que los primeros meses no le pagaron los aportes. Avísenme si ven que puede prosperar el despido indirecto por las diferencias salariales, al margen de que ya sé que no va a prosperar el despido indirecto por la incorrecta registración (ya que si estaba bien registrada). Gracias y cualquier comentario será bien recibido.