Hola foro, tengo fecha para celebrar audiencia espontanea en el SECLO.
A mi clienta ya le pagaron la mitad de la indemnización, en la audiencia le van a abonar la otra mitad. Tengo entendido que para que el acuerdo no sea observado, hay que acompañar el recibo del pago de la primera mitad. Las dudas son dos:
1) ¿Alguien sabe si este recibo tiene que tener alguna particularidad?
2) ¿Alguien tiene una cláusula para transcribir en el acuerdo dando cuenta del pago de la primera mitad?
Muchas gracias,
besos!!
Lau.
A mi clienta ya le pagaron la mitad de la indemnización, en la audiencia le van a abonar la otra mitad. Tengo entendido que para que el acuerdo no sea observado, hay que acompañar el recibo del pago de la primera mitad. Las dudas son dos:
1) ¿Alguien sabe si este recibo tiene que tener alguna particularidad?
2) ¿Alguien tiene una cláusula para transcribir en el acuerdo dando cuenta del pago de la primera mitad?
Muchas gracias,
besos!!
Lau.
