Si estas por la demandada con esos datos y alta en AFIP estaria en blanco y podrias pedir el rechazo de las multas por regularizacion (si es que las piden), pero, tu cliente tiene un tacho de aportes retenidos que jamas ingreso al sistema, le van a partir la cabeza con el 132 bis, asi que diria que se meta ya en una moratoria de pago y pida un oficio a AFIP a los fines de que se informe por ese plan de pago y si se esta cumpliendo y que pida se lo exima de la multa por estar cumpliendo con la carga de ingresar los aportes, algunos juzgados te dan por valido estar en moratoria como "haber cumplido", otros no te lo dan y te toman que a la fecha de la retencion no hiciste el ingreso y que actualmente se adeuda (a pesar de estar en moratoria)
Cuando una multitud de cuervos rodeaba al cliente al grito de "que pague!, que pague!", se hizo presente el señor y dijo "el que este libre de inflar una liquidacion, que arroje la primer calculadora"