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 #876979  por afernandez
 
hola foristas, se me presento una duda, vino una clienta, la despidieron el 01 de octubre de 2009, se envio telegrama intimando correcta registracion, etc, por lo que pude ver. la duda es la siguiente, la intimacion por telegrama suspendio por un año la prescripcion no? es decir tengo hasta octubre de este año para iniciarla.
la segunda duda es por la liquidacion, puedo reclamar los años que trabajo en negro (lease ley 24013) o solo los que figura registrada, se aplica alguna multa?. espero respuestas, desde ya muchas gracias.
 #876995  por eltam88
 
afernandez escribió:hola foristas, se me presento una duda, vino una clienta, la despidieron el 01 de octubre de 2009, se envio telegrama intimando correcta registracion, etc, por lo que pude ver. la duda es la siguiente, la intimacion por telegrama suspendio por un año la prescripcion no? es decir tengo hasta octubre de este año para iniciarla.
la segunda duda es por la liquidacion, puedo reclamar los años que trabajo en negro (lease ley 24013) o solo los que figura registrada, se aplica alguna multa?. espero respuestas, desde ya muchas gracias.
Suspendería en Prov de Bs.As, el plazo respecto de los rubros reclamados, por un año.
 #876996  por eltam88
 
La antigüedad es por todo lo que trabajo, es decir registrada y no registrada, para la parte sin registrar vas a necesitar testigos.
La ley 24013 no se aplica y la 25323 tampoco.
Se rigen por decreto 326 56 y dec reg 7979 56