Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Telegrama cerrado

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #874825  por Summers
 
Colegas, queria que los mas experimentados me corrijan a ver si estoy equivocada, envie telegrama al lugar donde mi cliente desempeñaba sus tareas, volvio cerrado el telegrama, segun lei, en estos casos, es de buena practica enviar el telegrama de nuevo para que quede otra constancia para defender bien al cliente, aclarando en el texto del mismo que es la segunda vez que lo envio.

Como la relacion era totalmente en negro, ya pasaron 30 dias, ahora cuando envio este, tengo que volver a dejar pasar 30 dias mas para remitir otro telegrama considerandose despedido por culpa del empleador o en el texto de este mismo telegrama lo hago?

Les agradezco por su ayuda!
 #874837  por 2LunaAzul
 
Qué dice el informe del correo afuera del sobre??? En el caso de que se negarán a recibirlo, no tenés que volver a enviarlo, podés considerar que ya están notificados!!! Ahora, si fuese por algún error en la dirección, tendrías que volver a mandarlo!
 #876751  por Summers
 
Hola luna, gracias por responder! La respuesta del correo es CERRADO/AUSENTE SE DEJO AVISO DE VISITA, vuelvo a enviarlo o "llego a la esfera de conocimiento del empleador" y por lo tanto ya esta notificado?

Gracias!
 #876775  por 2LunaAzul
 
El correo va dos veces a llevar el telegrama, en horarios distintos. En el caso de que estén ausentes, se deja un aviso de visita para que ellos vayan hasta el correo a buscar el telegrama, si no van el telegrama vuelve al remitente, es decir a la dirección de tu cliente. Entonces, la jurisprudencia considera que el demandado se encuentra notificado!!!
 #877425  por Summers
 
2LunaAzul escribió:El correo va dos veces a llevar el telegrama, en horarios distintos. En el caso de que estén ausentes, se deja un aviso de visita para que ellos vayan hasta el correo a buscar el telegrama, si no van el telegrama vuelve al remitente, es decir a la dirección de tu cliente. Entonces, la jurisprudencia considera que el demandado se encuentra notificado!!!
Muchisimas gracias por tu respuesta Luna Azul!!! Me fue de grandisima utilidad tu ayuda, GRACIAS!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!! *flor* *flor* *flor* *flor*