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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #874192  por melu099
 
Buenos dias colegas.
Queria consultarles lo siguiente:
En un juicio laboral con sentencia firme, solicite se trabara embargo en dos cuentas bancarias del deudor.
Antes de la feria, solo uno de los bancos habia contestado el oficio y habia depositado en la cuenta del juzgado $30.000
El otro banco aun no habia contestado el oficio.
El tema es que la suma debida en la sentencia es de mas de $500 mil, por lo cual, mas alla de que el Banco que aun no contesto, lo haga, es casi seguro que voy a tener que pedir el embargo de unos automoviles, ya que las sumas de las cuentas no cubren ni siquiera el capital de condena.
Pero mientras tanto, mi cliente necesita dinero y quiere retirar los $30 mil depositados, con lo cual mi pregunta es:
Puedo pedir que se libre el cheque por esa suma, aclarando en el escrito que corresponde a intereses?
Debo practicar liquidacion?
Les agradeceria su opinion al respecto.
Muchisimas gracias y buen comienzo post feria para todos!
Saludos
Melina
 #874568  por andresxeneizes
 
ya la liquidacion debe estar practicada porque la hace el juzgado de oficio cuando se dicta sentencia, yo simplemente pediria el giro, yo creo que corresponden que te lo den, y sino en todo caso el juzgado te dira que falta