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  • Carpintero - LCT o LEY 22.250

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #874304  por ladislao120
 
Estimados colegas:
Los contacto para que me orienten. MI cliente trabajó como carpintero de muebles para el hogar (en taller clandestino) y lo despidieron. Hago la intimación por falta de registración, denuncio que el convenio colectivo aplicable es el CCT 335/75 (Madereros) y manifiesto que se considerará despedido y accionará por rubos indemnizatorios Ley 20.744.-
Pregunta :¿el convenio de madereros, esta incluído en la LCT o corrresponde aplicar Ley 22.250 (Construcción)?
De ser aplicable la ley 22.250 y no la LCT ¿cómo podría modificar los términos del intercambio? (recién envié el 1º telegrama)
Gracias!!!!!