Foristas les hago una pregunta concreta:
Si me allano a una excepción de incompetencia en un Juzgado Laboral de Capital, ¿este remite el expediente a la Mesa de Entradas de Provincia para que sorteen el Tribunal competente que va a intervernir? o ¿tengo que llevarlo yo el expte.?.
O tal vez, tengo que volver a iniciar en provincia, solicitando la remision de todo lo actuado por oficio Ley al Juzgado de Capital (SERIA LO PEOR DE TODO ESTA OPCION).-
Es importante la pregunta porque empieza a correr la prescripción nuevamente, seguro a alguno le habrá pasado agradecería la respuesta como cualquier otro forista que no sepa y pase a leer, muchas gracias!
Si me allano a una excepción de incompetencia en un Juzgado Laboral de Capital, ¿este remite el expediente a la Mesa de Entradas de Provincia para que sorteen el Tribunal competente que va a intervernir? o ¿tengo que llevarlo yo el expte.?.
O tal vez, tengo que volver a iniciar en provincia, solicitando la remision de todo lo actuado por oficio Ley al Juzgado de Capital (SERIA LO PEOR DE TODO ESTA OPCION).-
Es importante la pregunta porque empieza a correr la prescripción nuevamente, seguro a alguno le habrá pasado agradecería la respuesta como cualquier otro forista que no sepa y pase a leer, muchas gracias!
