Hola a todos... Tengo una consulta y quizás alguien con experiencia en Laboral pueda ayudarme.
Trabajador en cerealera (dentro del régimen de trabajo agrario o rural según se desprende de su recibo de sueldo) deja de ser llamado a prestar tareas. Si bien le dicen que es TEMPORARIO y en el recibo consta eso en clasificación profesional, de acuerdo a la ley 22.248 (Régimen Nacional del Trabajo Agrario) se trata de trabajador permanente porque luego de 90 días se adquiere estabilidad.
Mi cliente trabajó más de seis meses continuados, amén de otros períodos similares en los últimos cinco años.
LA PREGUNTA ES: ¿Cómo debo encarar el reclamo? ¿Mando TLC pidiendo se aclare situación laboral? ¿Y luego, si niegan relación, que se considere un despido injustificado y se procede al reclamo de los rubros indemnizatorios correspondientes?
MUCHAS GRACIAS...
Trabajador en cerealera (dentro del régimen de trabajo agrario o rural según se desprende de su recibo de sueldo) deja de ser llamado a prestar tareas. Si bien le dicen que es TEMPORARIO y en el recibo consta eso en clasificación profesional, de acuerdo a la ley 22.248 (Régimen Nacional del Trabajo Agrario) se trata de trabajador permanente porque luego de 90 días se adquiere estabilidad.
Mi cliente trabajó más de seis meses continuados, amén de otros períodos similares en los últimos cinco años.
LA PREGUNTA ES: ¿Cómo debo encarar el reclamo? ¿Mando TLC pidiendo se aclare situación laboral? ¿Y luego, si niegan relación, que se considere un despido injustificado y se procede al reclamo de los rubros indemnizatorios correspondientes?
MUCHAS GRACIAS...
