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  • CÓMO CALCULAR MULTA ART. 9 LEY 24013

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
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 #872341  por MariaJose
 
Estimados Colegas: estoy haciendo una liquidación de un trabajador que trabajó más de 30 años bajo las ordenes de distintas razones sociales, y estoy reclamando que el último empleador le desconoció la antigüedad.
La duda es respecto a cómo calcular la multa del art. 9 de la ley 24013: cuando la ley dice "remuneraciones devengadas" debo calcular conforme a la mejor remuneración a la fecha del despido o sumando las verdaderas remuneraciones que fue percibiendo a lo largo de los años en que trabajó hasta la última fecha.
Desde ya, muchas gracias;
 #872357  por ods
 
en mi caso particular siempre lo calculo con la ultima percibida.
 #872541  por DotorJuan
 
Personalmente, creo que no tenes que hacer la liquidacion sobre lo percibido sino como te dice la ley, sobre lo devengado ya que son temas distintos. Mientras que lo que percibió es lo que tuvo en mano, lo devengado es lo que tenia derecho a cobrar. Se entiende??