Estimados Colegas: estoy haciendo una liquidación de un trabajador que trabajó más de 30 años bajo las ordenes de distintas razones sociales, y estoy reclamando que el último empleador le desconoció la antigüedad.
La duda es respecto a cómo calcular la multa del art. 9 de la ley 24013: cuando la ley dice "remuneraciones devengadas" debo calcular conforme a la mejor remuneración a la fecha del despido o sumando las verdaderas remuneraciones que fue percibiendo a lo largo de los años en que trabajó hasta la última fecha.
Desde ya, muchas gracias;
La duda es respecto a cómo calcular la multa del art. 9 de la ley 24013: cuando la ley dice "remuneraciones devengadas" debo calcular conforme a la mejor remuneración a la fecha del despido o sumando las verdaderas remuneraciones que fue percibiendo a lo largo de los años en que trabajó hasta la última fecha.
Desde ya, muchas gracias;
