hola, gente tengo una duda, un empleado metalúrgico, quiere pedir licencia sin goce de sueldo, por razones personales, en la Ley de contrato de trabajo no encuentro nada que ampare esa situación, no es licencia gremial y e n el convenio de los metalurgicos no
dice nada sobre licencia sin goce de sueldo, y reserva de puesto, por lo que lei en los post, es optativo que el empleador le de la licencia, y por un plazo de no mas de un mes. y en caso que no se la den, pues le queda renunciar, y se le liquida el mes trabajado , aguinaldo proporcional, vac no gozadas, y algo mas?, bueno espero me den una mano, gracias por el tiempo. 
Es facultativo del empleador conceder a un empleado una licencia sin goce de haberes (la excepción está dada si el convenio colectivo aplicable confiere tal prerrogativa).
En caso de extinción del vínculo, cualquiera sea la causa, los rubros de pago obligatorio son: vacaciones proporcionales, haberes devengados y sac proporcional.
Saludos!
