Estimados, luego de homlogado judicialmente un acuerdo por despido o por empleo en negro, se pueden reclamar conceptos no detallados como vacaciones o diferencias salariales? El acuerdo específicamente no dice nada al respecto. Ejemplo, se arregla el despido pero nada dice de las diferencias salariales, ni tampoco se deja asentado que el empleado renuncia a todos los rubros indeminizatorios correspondientes. Aclaro que esto me sucede desde el ángulo de la empresa, estoy con DOS casos donde luego de la homologación, pese a que las partes manifiestan expresamente que no queda nada pendiente de reclamo respecto del conflicto laboral suscitado, me llaman los abogados para decirme..."buenos ahora hablemos de las vacaciones.." hay otro que me llama diciendo "...otra cosa, el además de su salario facturaba honorarios y eso no lo tomamos en cuenta..." NUNCA ME PASÓ!!, más allá de que me parece poco serio el planteo del abogado quiero saber si jurídicamente es correcto. GRACIAS!
practica lamentable y cada vez mas reiterada que demuestra falta de pericia en el letrado, pues ha olvidado rubros e intenta subsanar....
hay que ver si el convenio dice que nada mas se debe por la relacion habida entre las partes, o algo por el estilo....
yo, personalmente, le diria que eso no se lo reconozco por el simple hecho que no se hace, que inicie las acciones que estime.
