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  • Trabajo en negro 10 años. Despido de palabra. Dudas.

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #870680  por martins
 
Trabajador en negro en capital. Luego de 10 años de relacion laboral lo despidieron de palabra, no hay ninguna notifiacion de ninguna de las partes. Esto paso hace 3 meses, el trabajador actualmente tiene un trabajo registrado. Consulta: Como inicio el intercambio telegrafico. Intimo a regularizar situacion laboral aunque ya tenga otro trabajo. Gracias.-
 #870691  por Blarouson
 
Hola. Me parece que si ya esta registrado, no podrías pedir la registración y producir el despido indirecto, pero comproba que efectivamente este registrado. En caso de que no lo este, para mí si podes iniciar el reclamo como si estuviera trabajando. En caso de que efectivamente este registrado, igual podes reclamar todos los rubros que le deban y no hayan prescripto, para ello recorda el plazo de dos años. Saludos
 #870699  por martins
 
Gracias por tu respuesta. Si, el trabajador esta registrado en el nuevo empleo. Pero para poder reclamar las multas y acreditar el trabajo en negro, no debo intimar primero a regularizar situacion laboral?
 #870853  por sanjuanino
 
Blarouson escribió:Hola. Me parece que si ya esta registrado, no podrías pedir la registración y producir el despido indirecto, pero comproba que efectivamente este registrado. En caso de que no lo este, para mí si podes iniciar el reclamo como si estuviera trabajando. En caso de que efectivamente este registrado, igual podes reclamar todos los rubros que le deban y no hayan prescripto, para ello recorda el plazo de dos años. Saludos
Convengo
martins escribió:Gracias por tu respuesta. Si, el trabajador esta registrado en el nuevo empleo. Pero para poder reclamar las multas y acreditar el trabajo en negro, no debo intimar primero a regularizar situacion laboral?
por supuesto
 #871030  por eltam88
 
Si esta registrado fuiste con la posible multa de la 24013, excepto por supuesto, aunque sea muy poco probable, que pueda darse que trabaja para los dos.

Lo que podes hacer si no podés ir por la 24013 es intimar ante despido verbal(eso si para que prospere el mismo debes probar esta forma de extinguir el vinculo), si no se acredita el despido pero si que laboró aún te queda reclamo por dif salariales, vacaciones proporcionales, Sac proporcional, días trabajado en el mes que se puso fin al vinculo, y por supuesto la multa del 80 LCT, la cual siempre es de una suma importante.
 #871336  por martins
 
eltam88 escribió:Si esta registrado fuiste con la posible multa de la 24013, excepto por supuesto, aunque sea muy poco probable, que pueda darse que trabaja para los dos.

Lo que podes hacer si no podés ir por la 24013 es intimar ante despido verbal(eso si para que prospere el mismo debes probar esta forma de extinguir el vinculo), si no se acredita el despido pero si que laboró aún te queda reclamo por dif salariales, vacaciones proporcionales, Sac proporcional, días trabajado en el mes que se puso fin al vinculo, y por supuesto la multa del 80 LCT, la cual siempre es de una suma importante.
Gracias eltam88. Y el 245 LCT tambien supongo?
 #871631  por eltam88
 
El 245 por supuesto, eso si probas el despido, y si fue verbal debes probarlo por testigos. Cosa que no es facil.
En el post que conteste antes te explique todo, leelo.