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  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #871183  por Natalia2012
 
Buen dia colegas! estoy por firmar un acuerdo espontaneo en seclo (estoy por la parte trabajadora)
Pero estaba leyendo el acuerdo que me envio la parte empleadora y no me cierran algunas cosas,
perdon la ignoracia, pero es mi primer caso.
En el cuerpo del acuerdo dice:
"....Asimismo, las partes acuerdan que las costas se imponen en el orden causado" Eso significa que la parte trabajadora tiene que abonar algo??
Lo que tengo entendido es que el empleador paga $150 en concepto de arancel, por el acuerdo espontaneo y la paarte trabajadora no paga nada.
Otro punto que no me cierra es:
"...reconoce a la representación letrada de la trabajadora la suma de $ 3.000 (pesos tres mil ) a abonarse una vez notificado el presente acuerdo por ante el Ministerio de Trabajo" No tendria que ir los datos y cuit y lugar de pago de la letrada de la parte actora ??
TODAVIA ESTOY A TIEMPO DE MODIFICAR ALGO, POR FAVOR NECESITARIA SU AYUDA
Espero muy agradecida sus respuestas!!!
Natalia2012Miembro Mensajes: 3Registrado: Jue, 12 Jul 2012, 18:14
 #871187  por Alidiaz
 
tendrías que pasar todo el texto, así segmentado no se puede interpretar. El acuerdo de partes es una voluntad común, esa voluntad surge de todo el tenor. Solo tenés que borrar los nombres de los abogados, domicilios, partes, jueces, etc., por el secreto profesional.
 #871193  por Natalia2012
 
Alidiaz escribió:tendrías que pasar todo el texto, así segmentado no se puede interpretar. El acuerdo de partes es una voluntad común, esa voluntad surge de todo el tenor. Solo tenés que borrar los nombres de los abogados, domicilios, partes, jueces, etc., por el secreto profesional.
Muchas gracias por tu respuesta, actualmente ya estoy modificando el acuerdo gracias a la ayuda de otros profesionales.
Solo necesitaria una modelo de clausula de intereses por mora, a poner en el acuerdo espontaneo, si lo tenes me lo podras pasar?? muchsiimas gracias!!!!
 #871206  por Natalia2012
 
Perdame que te moleste nuevamente, no si poner la clausula de intereses por mora con respecto al capital, por q capaz el abogado de la parte traabjadores se niega a firmar el acuerdo.
Ahora bien, si es que logro que lo firme, esta bien poner clausula de intereses por mora, tanto de capital (que son 3 cheques) y de honorarios que son 1 cheque. Esta bien que haya una clausula de intereses por mora de esos montos??
 #871237  por Alidiaz
 
no se entiende, te entregan cheques?, la deuda es de cheques no cobrados?. Yo creo que ya tenés que cerrar el caso. Porque es tan poca plata que no te hagas tanto problemas por la mora, porque es muy poco dinero el recargo. Si no te paga y ejecutás el juez dispone el interés.
 #871256  por Natalia2012
 
Alidiaz escribió:no se entiende, te entregan cheques?, la deuda es de cheques no cobrados?. Yo creo que ya tenés que cerrar el caso. Porque es tan poca plata que no te hagas tanto problemas por la mora, porque es muy poco dinero el recargo. Si no te paga y ejecutás el juez dispone el interés.
Muchas gracias nuevamente, voy a firmar un acuerdo espontaneo, y el empleador va pagar a la trabajadores en 3 cheques ($5.000 cada una) el tema es que necesito ayuda en la clausula que tengo q poner sobre intereses por mora.
No quiero dejar nada sin decir en el acuerdo, por q no quiero perjudjicar a mi cliente.
La redaccion de la clasula es esta:


6.- Clausula de Intereses por Mora: Que para el supuesto caso que la parte demandada no abonare el pago pactado en el segundo párrafo del punto 3) y punto 5) del presente acuerdo, la mora será automática sin necesidad de interpelación judicial y/o extrajudicial alguna, y dará lugar a la caducidad automática de los plazos acordados para el pago, exigibilidad inmediata del saldo deudor conforme el Art. 509 del Código Civil, fijándose intereses desde la mora sobre el saldo deudor conciliado nominal y original equivalente al 0,3% diario.

La duda es si tengo que decir algo sobre la fecha desde cuando se constituye en mora??? por que no lo se!!, ya que le van a entreegar los chequees una vez homologado el acuerdo y en el estudio de la otra parte.
 #871258  por Alidiaz
 
...pasame lo que se pactó en el párrafo del punto 3) y lo que ponés en el punto 5).
 #871261  por Natalia2012
 
Muchas gracias!! te paso:

3.- Propuesta y aceptación: Toma la palabra el trabajador y expresa que prestó servicios en relación de dependencia para el empleador en los términos y condiciones expresados en el punto 2, y que con fecha 09/09/11 se extinguió el vinculo laboral en función de despido, por lo que reclama indemnización por antigüedad, preaviso, haberes proporcionales, y los demás conceptos que por derecho correspondan.
Asimismo la parte trabajadora manifiesta que deja sin efecto el intercambio telegráfico efectuado.

Cedida la palabra, la parte empleadora manifiesta: Que ratificando la decisión adoptada, sin reconocer hechos ni derechos y al solo efecto conciliatorio, ofrece pagar al trabajador la suma única, total y definitiva de PESOS QUINCE MIL $ 15.000.- por todo concepto, imputable a haberes proporcionales y adicionales, a todo otro rubro o diferencia a que el trabajador pudiera creerse con derecho, la cual se abonarán en tres cuotas iguales, mensuales y consecutivas de $ 5.000 cada una, una vez notificada la homologación del presente acuerdo. El empleador se compromete a entregar los tres cheques arriba mencionados el día de la homologación del presente acuerdo en el domicilio constituido de la parte demandada. Asimismo la parte empleadora se compromete a la entrega de los Certificados de Trabajo (Art. 80 LCT) a la parte trabajadora el día de la homologación del presente acuerdo en e domicilio constituido por la parte demandada.

Retomando la palabra, el trabajador expresa: Que acepta de plena conformidad el ofrecimiento de la parte empleadora en cuanto a monto y forma de pago, manifestando el dependiente que efectivizado el mismo nada más tendrá que reclamar por ningún concepto emergente de la relación laboral habida o de su extinción, ni en los términos de la ley de riesgos de trabajo, art 1113 del Código Civil, ni por enfermedad profesional o accidente ni a la firma empleadora ni a terceros, sea persona física o jurídica, dándole al presente el carácter de cosa juzgada. Asimismo, las partes acuerdan que las costas serán soportadas por la parte demandada.
4.- Homologación: Ambas partes se facultan recíprocamente para tramitar la homologación y/o registración del presente, comprometiéndose asimismo cada una con respecto a la otra a suscribir los documentos o comparecer a las audiencias o cualquier otro acto procesal (administrativo o judicial) que resulte menester para tal fin, no pudiendo efectuar reclamo, demanda o trámite alguno que no vaya acompañado del pedido de homologación de este acuerdo.-

5.- Honorarios de la representación letrada de la parte actora: reconoce a la representación letrada de la trabajadora la suma de $ 3.000 (pesos tres mil) a abonarse una vez notificado la homologación del presente acuerdo por ante el Ministerio de Trabajo, el cual será pagado en un solo cheque, al portador y sin cruzar, y a pagar en el domicilio constituido por la parte demandada.

6.- Clausula de Intereses por Mora: Que para el supuesto caso que la parte demandada no abonare el pago pactado en el segundo párrafo del punto 3) y punto 5) del presente acuerdo, la mora será automática sin necesidad de interpelación judicial y/o extrajudicial alguna, y dará lugar a la caducidad automática de los plazos acordados para el pago, exigibilidad inmediata del saldo deudor conforme el Art. 509 del Código Civil, fijándose intereses desde la mora sobre el saldo deudor conciliado nominal y original equivalente al 0,3% diario.
 #871265  por alejandra01
 
Natalia2012 escribió:Muchas gracias!! te paso:

3.- Propuesta y aceptación: Toma la palabra el trabajador y expresa que prestó servicios en relación de dependencia para el empleador en los términos y condiciones expresados en el punto 2, y que con fecha 09/09/11 se extinguió el vinculo laboral en función de despido, por lo que reclama indemnización por antigüedad, preaviso, haberes proporcionales, y los demás conceptos que por derecho correspondan.
Asimismo la parte trabajadora manifiesta que deja sin efecto el intercambio telegráfico efectuado.

Cedida la palabra, la parte empleadora manifiesta: Que ratificando la decisión adoptada, sin reconocer hechos ni derechos y al solo efecto conciliatorio, ofrece pagar al trabajador la suma única, total y definitiva de PESOS QUINCE MIL $ 15.000.- por todo concepto, imputable a haberes proporcionales y adicionales, a todo otro rubro o diferencia a que el trabajador pudiera creerse con derecho, la cual se abonarán en tres cuotas iguales, mensuales y consecutivas de $ 5.000 cada una, una vez notificada la homologación del presente acuerdo. El empleador se compromete a entregar los tres cheques arriba mencionados (NO VEO DONDE LO MENCIONA ARRIBA, POR AHI HAY OTRA PARTE...) el día de la homologación del presente acuerdo en el domicilio constituido de la parte demandada. Asimismo la parte empleadora se compromete a la entrega de los Certificados de Trabajo (Art. 80 LCT) a la parte trabajadora el día de la homologación del presente acuerdo en e domicilio constituido por la parte demandada.

Retomando la palabra, el trabajador expresa: Que acepta de plena conformidad el ofrecimiento de la parte empleadora en cuanto a monto y forma de pago, manifestando el dependiente que efectivizado el mismo nada más tendrá que reclamar por ningún concepto emergente de la relación laboral habida o de su extinción, ni en los términos de la ley de riesgos de trabajo, art 1113 del Código Civil, ni por enfermedad profesional o accidente ni a la firma empleadora ni a terceros, sea persona física o jurídica, dándole al presente el carácter de cosa juzgada. Asimismo, las partes acuerdan que las costas serán soportadas por la parte demandada.
4.- Homologación: Ambas partes se facultan recíprocamente para tramitar la homologación y/o registración del presente, comprometiéndose asimismo cada una con respecto a la otra a suscribir los documentos o comparecer a las audiencias o cualquier otro acto procesal (administrativo o judicial) que resulte menester para tal fin, no pudiendo efectuar reclamo, demanda o trámite alguno que no vaya acompañado del pedido de homologación de este acuerdo.-

5.- Honorarios de la representación letrada de la parte actora: reconoce a la representación letrada de la trabajadora la suma de $ 3.000 (pesos tres mil) a abonarse una vez notificado la homologación del presente acuerdo por ante el Ministerio de Trabajo, el cual será pagado en un solo cheque, al portador y sin cruzar, y a pagar en el domicilio constituido por la parte demandada.

6.- Clausula de Intereses por Mora: Que para el supuesto caso que la parte demandada no abonare el pago pactado en el segundo párrafo del punto 3) y punto 5) del presente acuerdo, la mora será automática sin necesidad de interpelación judicial y/o extrajudicial alguna, y dará lugar a la caducidad automática de los plazos acordados para el pago, exigibilidad inmediata del saldo deudor conforme el Art. 509 del Código Civil, fijándose intereses desde la mora sobre el saldo deudor conciliado nominal y original equivalente al 0,3% diario.
Te pregunto algo: por qué tenés que cobrár tanto vos o tu cliente a la fecha de la homologación?. yo nunca pacté sino a la firma del convenio, porque la homologación puede depender del Ministerio y vos ni tu cliente tendrían la culpa.
Que pasa si el ministerio no te homologa?..trabajás gratis, o el empleador salió aventajado. Vos tenés que cobrar se homologue o no, eso es otro canta...
analizalo, por ahí yo me equivoco o trabajo diferente. Pero si se homologa o no, lo que puede demorar también plazos que no depende de vos sino del ministerio, vos tenés que cobrar igual.
Además, el empleador nada pierde, ya que si el empleado luego quiere reclamar puede hacerlo, y se tiene en cuenta lo ya cobrado.
 #871266  por alejandra01
 
en el orden causado es que cada parte le abonará a su abogado. Vos tenés que cuidar que se fijen honorarios a tu favor por la demandada...no en el orden causado..
Natalia2012 escribió:Buen dia colegas! estoy por firmar un acuerdo espontaneo en seclo (estoy por la parte trabajadora)
Pero estaba leyendo el acuerdo que me envio la parte empleadora y no me cierran algunas cosas,
perdon la ignoracia, pero es mi primer caso.
En el cuerpo del acuerdo dice:
"....Asimismo, las partes acuerdan que las costas se imponen en el orden causado" Eso significa que la parte trabajadora tiene que abonar algo??
Lo que tengo entendido es que el empleador paga $150 en concepto de arancel, por el acuerdo espontaneo y la paarte trabajadora no paga nada.
Otro punto que no me cierra es:
"...reconoce a la representación letrada de la trabajadora la suma de $ 3.000 (pesos tres mil ) a abonarse una vez notificado el presente acuerdo por ante el Ministerio de Trabajo" No tendria que ir los datos y cuit y lugar de pago de la letrada de la parte actora ??
TODAVIA ESTOY A TIEMPO DE MODIFICAR ALGO, POR FAVOR NECESITARIA SU AYUDA
Espero muy agradecida sus respuestas!!!
Natalia2012Miembro Mensajes: 3Registrado: Jue, 12 Jul 2012, 18:14
 #871269  por Natalia2012
 
alejandra01 escribió:en el orden causado es que cada parte le abonará a su abogado. Vos tenés que cuidar que se fijen honorarios a tu favor por la demandada...no en el orden causado..
Natalia2012 escribió:Buen dia colegas! estoy por firmar un acuerdo espontaneo en seclo (estoy por la parte trabajadora)
Pero estaba leyendo el acuerdo que me envio la parte empleadora y no me cierran algunas cosas,
perdon la ignoracia, pero es mi primer caso.
En el cuerpo del acuerdo dice:
"....Asimismo, las partes acuerdan que las costas se imponen en el orden causado" Eso significa que la parte trabajadora tiene que abonar algo??
Lo que tengo entendido es que el empleador paga $150 en concepto de arancel, por el acuerdo espontaneo y la paarte trabajadora no paga nada.
Otro punto que no me cierra es:
"...reconoce a la representación letrada de la trabajadora la suma de $ 3.000 (pesos tres mil ) a abonarse una vez notificado el presente acuerdo por ante el Ministerio de Trabajo" No tendria que ir los datos y cuit y lugar de pago de la letrada de la parte actora ??
TODAVIA ESTOY A TIEMPO DE MODIFICAR ALGO, POR FAVOR NECESITARIA SU AYUDA
Espero muy agradecida sus respuestas!!!
Natalia2012Miembro Mensajes: 3Registrado: Jue, 12 Jul 2012, 18:14

Muchas gracias!!! sii eso del "orden causado"
Con respecto a esperar la homologacion...mira spy nueva en esto y lo que me planteo el abogado y dijo q en eso no se modifica , es que va a pagar a mi cliente y a mi, una vez homologado el acuerdo, y lo acepte.
 #871270  por Natalia2012
 
Y encimaaa, el turno para la presentacion espontanea es este lunes, lamentablemente por no tener experiencia acepte, asi, a cobrar una vez hiomlogado el acuerdo
 #871273  por alejandra01
 
mirá, vos hablá con el abogado antes, hoy si podés, y pedile que ponga las fechas de pago de las 3 cuotas y la de tus honorarios que sería la fecha de la primer cuota. Que tu inexperiencia hizo que dijeras que sí a lo de la homologación, pero que tu cliente quiere que le paguen antes, no esperar la homologación del ministerio.Porque después hay que también esperar que el ministerio les notifique que ya homologó, y no tenés por qué esperar tanto.
ya tenés las fechas de pago.
Vos en los convenios ponés que el empleador sin reconocer hechos ni derechos,,etc
pagará a fulano de tal la suma de pesos tanto, en 3 cuotas, siendo pagadera la primera de ellas el día xx, la segunda el día xx y la tercera el día xx. Que las mismas serán abonadas con cheque (cruzado, no cruzado..lo que pactes vos).
En la cláusula de honorarios poné cuanto te reconocen como honorarios y que día te los tienen que pagar y como (efectivo, cheque al cobro...etc)
Buscá revertir lo de la homologación...ya que tu convenio dice que cualquier parte puede pedir la homologación, y si ninguna lo pide imaginate..no cobrás más!..me entendés Natalia?.

Natalia2012 escribió:Y encimaaa, el turno para la presentacion espontanea es este lunes, lamentablemente por no tener experiencia acepte, asi, a cobrar una vez hiomlogado el acuerdo
 #871279  por alejandra01
 
mirá, acá encontré un modelo. Si no podés ir para atrás con lo que acordaste, pedí la homologación ya, en el mismo convenio, como está en éste modelo del foro..
ACUERDO ESPONTANEO CONCILIATORIO PARA PRESENTAR ANTE EL SECLO

Referencia: Despido directo con causa justificada.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los …….. días del mes de diciembre de 2007, por una parte el Sr. XXXXXXXXXXXXX , quien acredita su identidad con DNI 1111111111111, con domicilio real en la calle AAAAAAAAA , de Capital Federal, en calidad de trabajador, con el patrocinio letrado del Dr. ………………. , T ……….. , F ………….. , CPACF, constituyendo domicilio procesal en …………………………………. , de Capital Federal, y por otra parte el Sr. ……………………, quien acredita su identidad con DNI 1111111111 , con domicilio real en la calle ………………………. , de Capital Federal, en calidad de empleador, con el patrocinio letrado del Dr. ………………………….. , T. ….. , F. ……….. , constituyendo domicilio procesal en ……………………….. , de Capital Federal.

Abierto el acto ambas partes manifiestan que el Sr. ………………. ingresó a trabajar para el Sr. ……………… el día …………….. del mes de …………………. del año 2000, que se desempeñaba en la categoría
……………………… , con una remuneración mensual, normal y habitual de pesos …………………. ($ ……………………………….-).

Que frente al despido con justa causa que fuera objeto con fecha …………………………… las partes han arribado al presente acuerdo conciliatorio.

El Sr. …………………….. acepta y consiente expresamente la causal de despido invocada por la parte empleadora.

El empleador sin reconocer hecho ni derecho alguno y al solo efecto conciliatorio, se aviene a abonar a la parte trabajadora la suma única y total de pesos ……………. ($ …………………. ), comprensivos de los siguientes rubros: indemnización por antigüedad, SAC sobre indemnización por antigüedad, vacaciones año ................ y año ……………… , SAC sobre vacaciones, sueldos caídos y bonificaciones graciables, SAC proporcional, indemnización sustitutiva de preaviso, SAC sobre indemnización sustitutiva de preaviso, vacaciones no gozadas, SAC sobre vacaciones no gozadas, indemnización ley 24013- arts. 8, 9, 10 y 15, indemnización reducida 80% ley 25561 y sus modificatorias, indemnización trabajo en negro ley 25.323, indemnización art. 80 y art. 132 bis LCT e indemnización ley 25.345. La parte trabajadora reajusta su pretensión en la suma de pesos …………………. ($ …………….. .-), pagaderos en este acto, en un solo pago y en dinero en efectivo, sirviendo el presente de suficiente recibo y carta de pago.

El Sr. trabajador manifiesta que una vez percibidas las sumas acordadas en el presente nada más tendrá que reclamar de su empleador por ningún concepto emergente de la relación laboral que los unió, ni proveniente de su extinción, renunciando expresa e irrevocablemente de todo derecho y acción emergente de la relación laboral, como así también de cualquier reclamo indemnizatorio emergente de la ley de contrato de trabajo o reclamos indemnizatorios basados en las leyes 24.028, 24013, art. 80 y 132 bis de la LCT, Ley 25.345, daños y perjuicios con fundamento en normas de derecho común (arts. 1078, 1009, 1113 y concordantes del Código civil) o en el art. 75 de la LCT o como imputable también a cualquier actualización o intereses de cualquier crédito o concepto o como cualquier rubro (V.g. diferencias salariales, horas extras y ley 25561).

Ambas partes de conformidad solicitan la homologación del presente acuerdo ante el Servicio de Conciliación laboral Obligatoria (SECLO) y manifiestan al sólo efecto ilustrativo que la mejor remuneración mensual, normal y habitual de la parte trabajadora era de pesos …………….. ($ …………….. .-).

Que el Convenio Colectivo que rige la actividad es el Nª. ……….

La parte empleadora efectúa un reconocimiento de honorarios a favor del Dr.
………………………….. por su labor profesional como letrado de la parte trabajadora en la suma de pesos …………………… ($ ………….. .-), la que se hace efectiva en este acto, extendiendo el letrado recibo por separado.

El Dr. …………………………. , patrocinante de la parte trabajadora manifiesta que nada más tiene que reclamar a la parte empleadora con motivo del reclamo que da lugar al presente acuerdo.

Se deja expresa constancia que el trabajador ha obrado en este acto con pleno discernimiento y uso de sus facultades mentales, libre para celebrar este acuerdo y que se le han brindado las informaciones y aclaraciones solicitadas sobre el significado del acuerdo. Con lo que se da por terminado el acto, firmando los comparecientes al pie, previa lectura y ratificación por ante el funcionario actuante que certifica.--------------------------------

Se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.------------