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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #870479  por drarp
 
Estimados les consulto por lo siguiente. A mi clienta la despidieron hace un mes, estuvo 17 anios trabajando en un establecimiento chico de zona norte, lo primeros siete anios en negro y los ultimos siete en banco.
La despidieron remitiendole un telegrama indicandole que a fecha 18/7 tendria a su disposición art 80 y liquidacion. Me llegó tarde este tema por lo que no se realizó intercambio telegráfico alguno. Me contacté con el letrado contrario y ofrece sumas muy bajas y en muchas cuotas para que cerremos el tema.
Mi miedo es que no hubo intercambio, y al ser provincia no hay seclo por lo que de no llegar a un acuerdo deberíamos pasar directamente a juicio y no hubo intercambio telegrafico previo.
Aún sigo negociando con el letrado para ver si llego a algún punto común, pero les parece que de todas maneras envíe ahora una carta docto intimando al inclumiento? (conforme carta docto de ellos en la cual se comprometian a pagar en fecha 18/7)..
El tema seria iniciado en san isidro (requirente requerido y establecimiento en zona norte), tienen referencias en cuanto a las probabilidades de salir victoriosos en estos temas sin intercambio previo?

Muchas gracias!!!! Saludos Cordiales!!!
 #870497  por eltam88
 
Comaprtilo con alguien de experiencia o ponete a leer un poco y después consultanos, si no tenes idea de laboral es dificil explicarte todo, va yo hoy no ando con tiempo, por ahí algún otro integrante del foro tenga paciencia y te explique todo.

Buscate testigos por todas las irregularidades que denuncias, esa es la única forma de que prospere la demanda por aquello no reconocido.
 #870850  por sanjuanino
 
puedes reclamar sin problemas. Solo que en lugar de poder aplicar la 24013, en este caso te procede en multas la 25323, y todo el resto de los rubros indemnizatorios de la LCT.
Dicho esto, convengo con mi amigo eltam