Hola colegas, la semana pasada me llegó un cédula en la cual por falta de personal en el juzgado se me pide que practique la liquidación del art. 132 L.O. Dudas:
En el CPACF tenemos para sacar el interes de la tasa activa del BNA pero no entiendo en la sentencia dice que al monto reconocido se le debe adicionar "un interés equivalente al informado por la CNAT que resulte del promedio mensual de la tasa activa aplicada por el BNA desde la fecha del despido a la actualidad" No entiendo, cómo lo saco?
Y mas abajo dice, "durante el mismo periodo se devengará además la actualización tomando como referencia los valores de la Canasta Basica Total elaborada por el INDEC entre ambos puntos de tiempo". y eso como lo calculo?
Auxilio por favor
En el CPACF tenemos para sacar el interes de la tasa activa del BNA pero no entiendo en la sentencia dice que al monto reconocido se le debe adicionar "un interés equivalente al informado por la CNAT que resulte del promedio mensual de la tasa activa aplicada por el BNA desde la fecha del despido a la actualidad" No entiendo, cómo lo saco?
Y mas abajo dice, "durante el mismo periodo se devengará además la actualización tomando como referencia los valores de la Canasta Basica Total elaborada por el INDEC entre ambos puntos de tiempo". y eso como lo calculo?
Auxilio por favor
