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  • AYUDA! PRESENTARSE EN SECLO HABILITA COMPETENCIA?

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #869219  por LawyerG
 
Colegas, cite a Prevencion Art por un accidente de trabajo en Seclo en el domicilio que tienen en Capital. Prevencion Art. Vino sin chistar a las 2 audiencias, pero no llegamos a un acuerdo.
Ahora iniciamos demanda y plantea excepcion de incompetencia diciendo que su domilio esta en Santa Fe.
Prevencion Art. al presentarse en SECLO sin ningun problema, ¿No habilito la competencia en Capital Federal?, porque es ridiculo esto ahora, si en Seclo se notifico perfectamente asistiendo y firmando las actas de todas las audiencias, como va a plantear ahora que como tiene otro domicilio no corresponde que lo juzgo un Juzgado de Capital!, alguna idea colegas? Lei todo el foro y veo que somos muchos con este problema, desde ya muchas gracias seguro le servira tambien a otros!
 #869293  por MORGAN
 
el seclo no determina competencia. demandaste solo a la ART?. donde trabajaba, o donde fue el accidente?
 #869445  por LawyerG
 
MORGAN escribió:el seclo no determina competencia. demandaste solo a la ART?. donde trabajaba, o donde fue el accidente?
Gracias Morgan!, demande sólo a la ART, el trabajador trabajaba en provincia de Bs.As. y el accidente fue también en provincia de Bs.As., pero Prevención ART tiene domicilio en internet y en todos lados en Capital Federal, a las audiencias de SECLO asistió en el domicilio de Capital, incluso mando cartas para juntas médicas con domicilios de Capital, los turnos médicos también de Capital. Ahora salió con esto, de que su domicilio es en Santa Fe. Hay alguna posibilidad? o tengo que resignarme a iniciar todo en provincia irremediablemente?
 #869449  por LawyerG
 
MORGAN escribió:el seclo no determina competencia. demandaste solo a la ART?. donde trabajaba, o donde fue el accidente?
Morgan una pregunta más te hago, porque veo que sabes bastante en el foro, en el caso de perder y que el Juzgado de Capital se declare incompentente, trasladaría todo a provinica pidiendo la remisión del expediente con toda la documental (Entiendo que conforme el Art.3986 CC la prescripción se encuentra interrumpida y estoy a tiempo de iniciar en provincia), pero lo que no se realmente, es cuanto se suele fijar de costas (honorarios), para abonar esto lo cual es un garrón realmente, porque estas ART tienen el domicilio escondido siempre en otras provincias y operan permanentemente aca, hay que ser adivino a veces, te agradezco!.-
 #869466  por agentil
 
Lo hacen precisamente para eso, para cobrarte las costas. La dirección de capital es solo una sucursal y no habilita competencia.

Fijate en la ley de honorarios cuales son los honorarios de las excepciones pero tiene que ver con el monto de la demanda.

suerte!!
 #869563  por LawyerG
 
agentil escribió:Lo hacen precisamente para eso, para cobrarte las costas. La dirección de capital es solo una sucursal y no habilita competencia.

Fijate en la ley de honorarios cuales son los honorarios de las excepciones pero tiene que ver con el monto de la demanda.

suerte!!
Gracias Agentil, es lamentable realmente, no sabía esto, voy a chequear cuales son los honorarios en las excepciones. Lo que no se ahora es si pelearla (porque ví jurisprudencia donde se gano igual) o si allanarme. Mi interrogante es, sí me allano ¿bajarán las costas? o ya que estoy la peleo igual total las costas se van a imponer igual. Agradecería cualquier opinion que bajón gracias igual!
 #869865  por LawyerG
 
Lucilita escribió:Hace un ratito le respondi a un colega por el mismo tema fijate el post viewtopic.php?f=9&t=156127

Saludos!!
Gracias Lucilita!, si en ese post me contestaste a mi también estoy en ambos tratando de ver todas las alternativas, lo que no pusiste es como te fue a vos en esta situación similar que tuviste. Muchas gracias!