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  • Requisitos de los certificados médicos

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #869479  por Adso
 
Estimados colegas:
Según lo que yo entiendo, el certificado médico que debe presentar el trabajador para justificar inasistencias en caso de enfermedad inculpable (Art. 208 LCT) debe contener, más o menos, lo siguiente:
  • Nombre y apellido del paciente;
    Fecha
    Diagnóstico
    Tratamiento y necesidades de reposo o no
    Lugar de atención:domicilio o consultorio
    Firma y sello del médico.
Ahora bien, el hecho es que, en cuanto a la persona que puede firmarlo, es decir el médico, cuáles son los requisitos?
En mi caso en particular, el médico firmante, si bien tiene Matricula Nacional (M.N.), es un licenciado, aparentemente psicologo... ¿puede un psicologo otorgar un certificado médico?

Gracias por vuestro tiempo, buena feria!!
 #869504  por dramcflores
 
el psicólogo sólo podrá confeccionar un certificado médico válido si la enfermedad es psicológica, sino tendría que ser un médico, en principio clínico, o con la especialidad requerida para la enfermedad en cuestión.
x ej a mi entender un médico especialista en neurología no puede confeccionar un certificado médico por una afección traumatológica.
saludos, cecilia
 #869506  por Adso
 
dramcflores escribió:el psicólogo sólo podrá confeccionar un certificado médico válido si la enfermedad es psicológica, sino tendría que ser un médico, en principio clínico, o con la especialidad requerida para la enfermedad en cuestión.
x ej a mi entender un médico especialista en neurología no puede confeccionar un certificado médico por una afección traumatológica.
saludos, cecilia
En este caso es una depresión de que deriva en alcoholismo...
 #869521  por Adso
 
dramcflores escribió:en este caso, entonces entiendo q es correcto q quien confeccione el certificado médico sea un psicólogo
Sí, igualmente, no hace ningún diagnóstico, así que creo que podría tener al trabajador como que no ha presentado el certificado...
 #869543  por jgimenez58
 
Mi opinion particular es que en si el trabajador no tiene que presentar ningún certificado médico, si no solamente avisar en la medida que sea posible que no puede concurrir a trabajar por problemas de salud indicando en que lugar se va a encontrar. El empleador si considera necesario puede remitir un medico para constatar que sea cierto. En caso de no enviarlo fue una decisión suya de no haber utilizado la facultad que da la LCT. Saludos.
 #869549  por Adso
 
jgimenez58 escribió:Mi opinion particular es que en si el trabajador no tiene que presentar ningún certificado médico, si no solamente avisar en la medida que sea posible que no puede concurrir a trabajar por problemas de salud indicando en que lugar se va a encontrar. El empleador si considera necesario puede remitir un medico para constatar que sea cierto. En caso de no enviarlo fue una decisión suya de no haber utilizado la facultad que da la LCT. Saludos.
El trabajador desapareció, y cuando se lo intimó para que justifique inasistencias, comenzó con las idas y vueltas.
Siempre teniendo en cuenta la buena fe, y tratando de evitar darle pie a que arme un despido, fuimos muy considerados con su situación, pero, creo, que al final de cuentas está alegando una situación que no puede probar.
No te perece?
 #869578  por jgimenez58
 
Hola ADSO, yo hice una opinion en general sobre lo que interpreto de los articulos de la ley de contrato de trabajo. Sobre el caso particular si el trabajador no dio aviso entiendo que no cumplimentó lo que exige la LCT. Saludos
 #869585  por Adso
 
jgimenez58 escribió:Hola ADSO, yo hice una opinion en general sobre lo que interpreto de los articulos de la ley de contrato de trabajo. Sobre el caso particular si el trabajador no dio aviso entiendo que no cumplimentó lo que exige la LCT. Saludos
Entiendo. Muchas gracias. Saludos,