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 #869190  por GABI372
 
Estimados colegas: fui despedida despues de 4 años de trabajo ininterrumpido en la Jefatura de gabinete de la Pcia. El contrato era bajo modalidad de Locación de Servicios , aunque gozaba de Vacaciones(ACREDITADO POR ESCRITO) con autorizaciones , rendia monotributo, y se me obligaba a cumplir horario, ademas de ordenes de toda indole como un verdero empleado publico, eso si no conte nunca con cobertura social ni con aguinaldo ni otro beneficio. El dia 4 de julio por telefono se me comunica que no me presente mas a trabajar y punto. Quisiera -previas intimeciones que efectuare por CD. si tiene alguna jurisprudencia para orientarme sobre este especto, donde es el Mismo estado el que disfraza una modalidad de contatacion para evadir la proteccion del art 14 bis de la CN . DESDE YA GRACIAS
 #869208  por Alidiaz
 
Yo no tengo jurisprudencia, pero me parece que procede vìa administrativa, como que la jurisprudencia irìa al contencioso.
Tendrìas que fijarte bien que ley autorizo esa modalida de contratos, y ver abogado, porque me parece que no sos abogado, sos empleada?