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  • SECLO - MONTO LIQUIDACION

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #868081  por ladislao120
 
Colegas:
Los consulto para saber qué opinión les merece lo siguiente: el monto de la liquidación que uno prepara para la conciliación previa a la interposición de un reclamo laboral, ¿debe incluir todos los rubros que finalmente serán reclamados de no mediar acuerdo alguno?
Lo pregunto porque las cifras liquidadas en función de las multas laborales, salarios adeudados, horas suplementarias, etc, etc, etc, ascienden a montos impagables y temo que no sea posible la homologación de llegarse a un acuerdo.-
Dicho de otra manera, ¿es posible hacer una liquidación para la etapa de conciliación previa, incluyendo sólo los ítmes fundamentales por el distracto (Ley 20.744), y luego demandar por una cifra mayor que incluya el resto (ej. multas laborales, diferencias salariales, etc)?
Gracias
 #868084  por GU
 
El monto reclamado no es vinculante. Pone cualquier monto normal, es lo mismo (yo -casi- siempre pongo 50000).

Salutes!
 #868086  por Romina34
 
Hace la liquidación completa, que contenga todo lo reclamado. Luego en conciliación se negociará por el monto de la liquidación (no es lo usual) o uno menor (lo que sucede casi siempre). En conciliación gralmente no se reconocen las multas.
Pero la liquidación completa le hará ver a la otra parte a lo que se enfrentará de no llegar a un acuerdo, si es que el reclamo pudiera resultar con una sentencia a favor del empleado.
Saludos,
 #868091  por ladislao120
 
Pero eso, ¿no me puede tarer problemas después si demando por un monto superior al que consta en el formulario del SECLO? ¿La otra parte podría pedir la reapertura de la etapa de conciliación?
Gracias
 #868111  por ofvinals
 
ladislao120 escribió:Pero eso, ¿no me puede tarer problemas después si demando por un monto superior al que consta en el formulario del SECLO? ¿La otra parte podría pedir la reapertura de la etapa de conciliación?
Gracias
Como dijo el colega GU, no es vinculante. Te recomiendo que liquides lo que corresponde y en base a eso negocias (justaemnte para eso es esa etapa). Cuando no hay acuerdo en la etapa de conciliacion, esta no se puede reabrir.-

Sldos.-
 #868130  por ods
 
ladislao120 escribió:Pero eso, ¿no me puede tarer problemas después si demando por un monto superior al que consta en el formulario del SECLO? ¿La otra parte podría pedir la reapertura de la etapa de conciliación?
Gracias
Lo importante son los rubros que vas a reclamar en la demanda porque si despues agregas alguno en juicio te pueden mandar de nuevo al seclo.
De todas formas en conciliacion yo acostumbro a poner todos los rubros y despues lo charlamos en la audiencia
 #868191  por Romina34
 
ladislao120 escribió:Pero eso, ¿no me puede tarer problemas después si demando por un monto superior al que consta en el formulario del SECLO? ¿La otra parte podría pedir la reapertura de la etapa de conciliación?
Gracias

EL monto q se pone en el fomulario del Seclo (para iniciar esa etapa) no es vinculante, como dijo GU. Podes poner x monto y luego presentar en la audiencia la liquidación completa(con un monto que supere el del formulario) .
Sobre el monto de esa liquidación se negociará.
Saludos,