Colegas:
Los consulto para saber qué opinión les merece lo siguiente: el monto de la liquidación que uno prepara para la conciliación previa a la interposición de un reclamo laboral, ¿debe incluir todos los rubros que finalmente serán reclamados de no mediar acuerdo alguno?
Lo pregunto porque las cifras liquidadas en función de las multas laborales, salarios adeudados, horas suplementarias, etc, etc, etc, ascienden a montos impagables y temo que no sea posible la homologación de llegarse a un acuerdo.-
Dicho de otra manera, ¿es posible hacer una liquidación para la etapa de conciliación previa, incluyendo sólo los ítmes fundamentales por el distracto (Ley 20.744), y luego demandar por una cifra mayor que incluya el resto (ej. multas laborales, diferencias salariales, etc)?
Gracias
Los consulto para saber qué opinión les merece lo siguiente: el monto de la liquidación que uno prepara para la conciliación previa a la interposición de un reclamo laboral, ¿debe incluir todos los rubros que finalmente serán reclamados de no mediar acuerdo alguno?
Lo pregunto porque las cifras liquidadas en función de las multas laborales, salarios adeudados, horas suplementarias, etc, etc, etc, ascienden a montos impagables y temo que no sea posible la homologación de llegarse a un acuerdo.-
Dicho de otra manera, ¿es posible hacer una liquidación para la etapa de conciliación previa, incluyendo sólo los ítmes fundamentales por el distracto (Ley 20.744), y luego demandar por una cifra mayor que incluya el resto (ej. multas laborales, diferencias salariales, etc)?
Gracias
