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  • cobro de honorarios en oficio ley 22172

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 #867676  por arielba1
 
Les cuento el tema: juicio laboral que tramita en Avellaneda. Uno de los demandados ofrece pericia accidentológica, entonces se libro oficio ley a un juez de Chubut para que designe perito y haga la pericia. Antes que se remita el oficio con la pericia hecha al juzgado de origen, se dictó sentencia en el principal, y se condeno a los demandados al pago de las costas. Me viene a ver el perito, y como es importante la suma le digo que voy a estudiar el caso. Entiendo que correspondería iniciar la ejecución de honorarios en Chubut, y contra todos los condenados en costas, aun cuando no hayan ofrecido esa prueba. Es así? Me interesa iniciarla contra todos porque hay una ART, los otros codemandados son insolventes. Muchas gracias.
 #867685  por MORGAN
 
no se que dice la ley de honorarios respecto de ese tema en la jurisdicción del juez exhortado. la mayoría establecía que no se devolviera el expte. al juzgado de origen hasta que no estén pagos los honorarios del perito.
una salida es llamar al abogado de la ART decirle cuanto deben y si van a apagar