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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #866476  por Drml2010
 
Consulta. El retiro de dicho certificado no es un tramite meramente personal, es correcto? Basta una constancia de quien retiro tal certificado es suficiente. Espero comentarios al respecto. Gracias
 #866505  por RacingPM
 
colega, en realidad a la ley le importa que haya sido confeccionada en tiempo y forma. De todas maneras te conviene que lo retire el trabajador o un familiar muy allegado, todo esto a los fines de que no te genere problemas de interpretación ante un eventual juicio.
 #866553  por agentil
 
Yo creo que lo tiene que retirar el trabajdor en persona, porque sino luego vas a tener que acreditar en un supuesto juicios que relación tiene el trabajador con la persona que lo retiro y se te va a complicar.

saludos!!
 #866603  por Drml2010
 
Perdon facilmente un amigo puede retirarlo siempre y cuando firme y deje constancia que fue quien retiro tal certificado, no le encuentro inconveniente alguno. Saludos.
 #866617  por agentil
 
Drml2010 escribió:Perdon facilmente un amigo puede retirarlo siempre y cuando firme y deje constancia que fue quien retiro tal certificado, no le encuentro inconveniente alguno. Saludos.
Bueno yo sí le encuentro inconveniente. No hay prueba que acredite la amistad.

suerte!!
 #866651  por sanjuanino
 
En principio, debería retirarlo el trabajador o alguien apoderado por este, o exigir su depósito en la autoridad administrativa del trabajo.
Cualquier otra forma de retoro de esta documentación laboral personalísima, podría dar lugar a fraude.
El empleador, en defensa propia, debería negarse a proporcionar esta documentación a otra persona que no sea su trabajador o apoderado.
 #866669  por sanjuanino
 
Posiblemente, pero si yo fuese el empleador me negaría a entregar la documentación en esas condiciones
 #867542  por Drml2010
 
No obstante, no existe plazo alguno para solicitar dicho certificado, no obstante ANSES cuenta con el registro de sus datos en la base de datos correspondiente siempre y cuando el empleador haya hecho los debidos aportes...
 #867550  por GU
 
La base de datos de la anses no suple la obligacion de entregar los certificados del Art. 80. Es mas, la base de datos no comprende la totalidad de los certificados que la norma obliga a entregar.

Salutes!
 #867560  por grcerrutti
 
Es verdad: Se debe entregar un certificado de servicios y remuneraciones en el que constan los aportes y contribuciones ya que estos que no figuran en el formulario PS 6.2. y un certificado de trabajo común en que consten fecha de ingreso, egreso, categoría, etc.


La certificación de servicios y remuneraciones, formulario PS
6.2. de la ANSES, puede ser suficiente para el organismo
oficial; sin embargo, no cumple con el requerimiento legal que
es claro y contundente: debe entregarse al trabajador una
constancia de los aportes y contribuciones con destino a los
organismos de la seguridad social, además de un certificado de
trabajo. BN 313
Catardo-Pesino
11456/2008
Galeano Victor Miguel c/ Disco S.A y otros s/ Despido
30/08/11
38408
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO.
Sala VIII
 #867684  por sanjuanino
 
Drml2010 escribió:Un poder? Un manuscrito autorizando a tal persona a retirarlo, entiendo deberia ser suficiente...
Me dejaste pensando en el asunto. Yo en tu lugar probaría con hacerlo, ya que en este caso el riesgo de la entrega lo correría el empleador. Yo, reitero, si fuese el empleador me negaría a entregarlo en esas condiciones. Pero yend por el trabajador, probaría con sacarlo de esa manera