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  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #858015  por FJGARCIA
 
HOLA TENGO UN CASO DE UNA PERSONA QUE DE CAMINO AL TRABAJO ES ATROPELLADO POR UN AUTO.MI PREGUNTA ES A QUIEN DEMNADO AL EMPLEEADOR Y LA ART. O A LA COMPAÑIA DE SEGURO Y AL DUEÑO DEL AUTO.O A LOS DOS A LA VES EN DISTINTAS SEDE CIVIL Y LABORAL RESPECTIVAMENTE.
 #863249  por HERNAN3192
 
hola mirá yo primero mirá como acreditas los hechos, y si el seguro es bueno voy contra la compañia de seguros del automotor, reclamando la reparación del daño integral.
igual espera a ve rque opina otro colega, sinpwerjuicio de ello estoy en un debate similar lo unico que yo tengo mas dificil de acreditar la culpa del embistente y el seguro es de Lo peor. asi que quiza valla contra la ART veré.
 #863781  por adr35
 
Hola colegas, tengo una consulta respecto a este mismo tema. Tengo un cliente que sufrió un accidente in itinere en febrero de 2010 y la empresa nunca lo pasó por ART, fue a la obra social y se trató y operó ahí, pero ahora ya esta por jubilarse, no quieren darle horario reducido para seguir con la rehabilitación y quiere accionar legalmente. Se puede después de 1 año y medio? Como son los pasos a seguir? A quien se demandaría? Se demanda por la ley de riesgos del trabajo o por el derecho civil? A quien sepa y pueda ayudarme muchas gracias
 #863783  por adr35
 
adr35 escribió:Hola colegas, tengo una consulta respecto a este mismo tema. Tengo un cliente que sufrió un accidente in itinere en febrero de 2010 y la empresa nunca lo pasó por ART, fue a la obra social y se trató y operó ahí, pero ahora ya esta por jubilarse, no quieren darle horario reducido para seguir con la rehabilitación y quiere accionar legalmente. Se puede después de 1 año y medio? Como son los pasos a seguir? A quien se demandaría? Se demanda por la ley de riesgos del trabajo o por el derecho civil? A quien sepa y pueda ayudarme muchas gracias
Perdon aclaro la fecha, fue Febrero de 2011, no de 2010
 #863787  por eltam88
 
Si se puede. Denuncialo a la ART, si te lo rechzan anda a la justicia. (Necesitas prueba de la ocurrencia)
 #863902  por priscila23
 
Al empleador no se puede demandar, pero si a la ART por reparacion integral o bien podes reclamar el resarcimiento sistemico de la LRT. Saludos
 #863914  por eltam88
 
priscila23 escribió:Al empleador no se puede demandar, pero si a la ART por reparacion integral o bien podes reclamar el resarcimiento sistemico de la LRT. Saludos
No, solo sistemica a la ART.