Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Caso raro!!!!! Diferencias salariales y 24013

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #865590  por estudiosallaber
 
Buenos días a todos!!!

Les escribo puesto que me encuentro en una situación insólita para mí.

Inicié una demanda por diferencias salariales. Pero para respaldar esta demanda pienso mandar telegrama por la 24013.

No hice todo junto puesto que el cliente no estaba de acuerdo... el solo quería reclamar lo que le correspondía por diferencias salariales.

Hablé con el abogado de la contraparte y me dijo, en su momento, que si iniciaba demanda lo despedían.

Por que entonces quiero mandar Telegrama? Pues porque si lo echan y la demanda la pierdo (cosa que no creo), van a abonarle 2 pesos vaya a saber cuando. Por eso quiero intimar por la 24013, cosa de que si lo echan poder iniciar demanda por trabajo mal registrado. Comenzó a trabajar en 04/2000 y esta dado de alta en 09/2001, y cobra $450 en negro.

Ahora bien, al momento de enviar telegrama la 24013 indica denunciar real remuneración... es este caso el cobraba $4950 y en el recibo dice $4500.
Pero por diferencias salariales debería cobrar cerca de $8000 por mes.

Entonces... que denuncio??? $4950 u $8000?? Porque en realidad el cobraba $4950. Los $8000 es lo que debería haber cobrado.
Mi temor es que si inicio esta demanda, me liquiden por los $4950 y no por los $8000.

Pense que quizás lo mejor era denunciar la realidad: cobra $4950 y figura $4500... pero solicitar que se ajuste la liquidación a lo resuelto en la demanda por diferencias salariales (llegado el caso si debo iniciar demanda por 24013 solicitare se unan por cuerda floja).

Espero comentarios.
Gracias.
 #865628  por ofvinals
 
estudiosallaber escribió:Buenos días a todos!!!

Les escribo puesto que me encuentro en una situación insólita para mí.

Inicié una demanda por diferencias salariales. Pero para respaldar esta demanda pienso mandar telegrama por la 24013.

No hice todo junto puesto que el cliente no estaba de acuerdo... el solo quería reclamar lo que le correspondía por diferencias salariales.

Hablé con el abogado de la contraparte y me dijo, en su momento, que si iniciaba demanda lo despedían.

Por que entonces quiero mandar Telegrama? Pues porque si lo echan y la demanda la pierdo (cosa que no creo), van a abonarle 2 pesos vaya a saber cuando. Por eso quiero intimar por la 24013, cosa de que si lo echan poder iniciar demanda por trabajo mal registrado. Comenzó a trabajar en 04/2000 y esta dado de alta en 09/2001, y cobra $450 en negro.

Ahora bien, al momento de enviar telegrama la 24013 indica denunciar real remuneración... es este caso el cobraba $4950 y en el recibo dice $4500.
Pero por diferencias salariales debería cobrar cerca de $8000 por mes.

Entonces... que denuncio??? $4950 u $8000?? Porque en realidad el cobraba $4950. Los $8000 es lo que debería haber cobrado.
Mi temor es que si inicio esta demanda, me liquiden por los $4950 y no por los $8000.

Pense que quizás lo mejor era denunciar la realidad: cobra $4950 y figura $4500... pero solicitar que se ajuste la liquidación a lo resuelto en la demanda por diferencias salariales (llegado el caso si debo iniciar demanda por 24013 solicitare se unan por cuerda floja).

Espero comentarios.
Gracias.
De donde surgen los $8000 que decis le corresponden?. Tenes como probar los $ 450 en negro? Tenes todo eso anda por los $ 8000 directamente. No te olvides de informar a la AFIP dentro de las 24 horas, es fundamental para que empiece a caminar la multa.-

Sldos
 #865642  por eltam88
 
ofvinals escribió:
estudiosallaber escribió:Buenos días a todos!!!

Les escribo puesto que me encuentro en una situación insólita para mí.

Inicié una demanda por diferencias salariales. Pero para respaldar esta demanda pienso mandar telegrama por la 24013.

No hice todo junto puesto que el cliente no estaba de acuerdo... el solo quería reclamar lo que le correspondía por diferencias salariales.

Hablé con el abogado de la contraparte y me dijo, en su momento, que si iniciaba demanda lo despedían.

Por que entonces quiero mandar Telegrama? Pues porque si lo echan y la demanda la pierdo (cosa que no creo), van a abonarle 2 pesos vaya a saber cuando. Por eso quiero intimar por la 24013, cosa de que si lo echan poder iniciar demanda por trabajo mal registrado. Comenzó a trabajar en 04/2000 y esta dado de alta en 09/2001, y cobra $450 en negro.

Ahora bien, al momento de enviar telegrama la 24013 indica denunciar real remuneración... es este caso el cobraba $4950 y en el recibo dice $4500.
Pero por diferencias salariales debería cobrar cerca de $8000 por mes.

Entonces... que denuncio??? $4950 u $8000?? Porque en realidad el cobraba $4950. Los $8000 es lo que debería haber cobrado.
Mi temor es que si inicio esta demanda, me liquiden por los $4950 y no por los $8000.

Pense que quizás lo mejor era denunciar la realidad: cobra $4950 y figura $4500... pero solicitar que se ajuste la liquidación a lo resuelto en la demanda por diferencias salariales (llegado el caso si debo iniciar demanda por 24013 solicitare se unan por cuerda floja).

Espero comentarios.
Gracias.
De donde surgen los $8000 que decis le corresponden?. Tenes como probar los $ 450 en negro? Tenes todo eso anda por los $ 8000 directamente. No te olvides de informar a la AFIP dentro de las 24 horas, es fundamental para que empiece a caminar la multa.-

Sldos
Vos manifesta la realidad, luego esos 8000 que quien sabe de donde decis que le correspondan lo reclamas como dif salarial. Luego como te dice quien me precede notif a la AFIP.(TESTIGOS SON LA CLAVE DEL JUICIO)
 #865679  por GU
 
Las diferencias salariales o lo que deberia haber cobrado no entra en la 24013.

La norma solo se refiere -aplicable al caso- respecto a lo que el trabajador percibio y no estaba registrado. Si se devengo, pero no lo percibio, no opera la 24013 sobre esos montos.

Respecto a la 24013, vas a tener que hacerlo en base a los $450 que cobraba en negro y a la diferencia en la fecha de ingreso. Siempre sobre los 4950, no sobre los 8000.

Respecto a la base remuneratoria para hacer cualquier liquidacion relativa al 245, si se va a tener presente el devengado, es decir los 8000.

Salutes!
 #865873  por estudiosallaber
 
Amigos, ante todo gracias por la respuesta.

Quizás no supe explicarme bien.

La causa por dif. salariales ya esta iniciada. No se le liquidaban horas extras, no se le pagaban feriados ni otorgaban ni pagaban francos compensatorios. Vacaciones mal liquidadas, etc.

La cuestión es que, para cubrirme, por las dudas que no me hagan lugar a lo solicitado, quiero intimarlos por la 24013, puesto que no solo no le pagaban lo que le correspondia sino que además le pagaban $450 en negro.

¿Por qué digo para cubrirme? Porque el abogado de la contraparte me dijo: "Me inicias demanda por dif. salariales, y lo echamos". Entonces intimandolo por la 24013, si lo echan puedo reclamar mala registracion y cobro en negro.

Volviendo al tema que me trae aquí... Si yo intimo diciendo que declare real fecha de ingreso (abril de 2000) y real remuneracion de $4950 en lugar de $4500, y tengo que ir a juicio, quiero que me liquiden la indemnización y multas no por $4950 (que es lo que en realidad el percibe) sino por los $8000 que el debería ganar.

Entonces quiero saber si en el telegrama yo debo hacer referencia a la causa iniciada pidiendo que al momento de liquidar las multas lo hagan por lo que resulte del fallo del tribunal en la causa por dif. salariales y no por $4950.

O por otro lado, la 25013 y demás normas que se aplican para calcular la indemnización por despido no dependen de lo redactado en este telegrama...

Es decir: lo echan... multa art. 15 en referencia al artículo 8 (1/4 parte de la remuneración devengada desde real inicio de actividades hasta efectiva registración). No quiero que sea la 1/4 de $4950 (que es lo que denuncio como real remuneracion) sino 1/4 de lo que le correspondería por diferencias salariales (que son cercade $8000).

Espero ser claro.

Saludos a todos.
 #865887  por eltam88
 
estudiosallaber escribió:Amigos, ante todo gracias por la respuesta.

Quizás no supe explicarme bien.

La causa por dif. salariales ya esta iniciada. No se le liquidaban horas extras, no se le pagaban feriados ni otorgaban ni pagaban francos compensatorios. Vacaciones mal liquidadas, etc.

La cuestión es que, para cubrirme, por las dudas que no me hagan lugar a lo solicitado, quiero intimarlos por la 24013, puesto que no solo no le pagaban lo que le correspondia sino que además le pagaban $450 en negro.

¿Por qué digo para cubrirme? Porque el abogado de la contraparte me dijo: "Me inicias demanda por dif. salariales, y lo echamos". Entonces intimandolo por la 24013, si lo echan puedo reclamar mala registracion y cobro en negro.

Volviendo al tema que me trae aquí... Si yo intimo diciendo que declare real fecha de ingreso (abril de 2000) y real remuneracion de $4950 en lugar de $4500, y tengo que ir a juicio, quiero que me liquiden la indemnización y multas no por $4950 (que es lo que en realidad el percibe) sino por los $8000 que el debería ganar.

Entonces quiero saber si en el telegrama yo debo hacer referencia a la causa iniciada pidiendo que al momento de liquidar las multas lo hagan por lo que resulte del fallo del tribunal en la causa por dif. salariales y no por $4950.

O por otro lado, la 25013 y demás normas que se aplican para calcular la indemnización por despido no dependen de lo redactado en este telegrama...

Es decir: lo echan... multa art. 15 en referencia al artículo 8 (1/4 parte de la remuneración devengada desde real inicio de actividades hasta efectiva registración). No quiero que sea la 1/4 de $4950 (que es lo que denuncio como real remuneracion) sino 1/4 de lo que le correspondería por diferencias salariales (que son cercade $8000).

Espero ser claro.

Saludos a todos.
Es claro lo que decis, la ley habla de percibidas y devengadas. Percibida y no registrada, pero cuando te manda a hacer la liquidación habla de devengadas, entiendo que el espíritu de la ley se refiere a lo que percibía pero no se registró (esa es la finalidad de la multa del 10).
En el caso del art. 8 yo la haría por 8000 en tu caso, por lo que en este supuesto habría que hacer lo mismo.