Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Telegrama para certificado de prestación de servicios.

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #863978  por charlie1989
 
Buenas tardes, necesito enviar un telegrama exigiendo al empleador que entregue el certificado de prestación de servicios, según el art 80 LCT. Tengo escrito lo que pienso mandar, pero no estoy seguro de que sea lo ideal, alguien tiene un modelo que ya haya usado para compararlo?

Además, se presenta una situación, el trabajador prestó servicios en Córdoba, pero ahora reside en Mendoza, pienso solicitar que le sea enviado a Mendoza, es correcto esto?

Y por último, el trabajador me dice que no le pagaron las últimas comisiones, cómo las puedo exigir?

Honestamente estoy en un mar de dudas, y agradecería cualquier aporte porque tengo textos redactados para enviar el telegrama pero no estoy seguro de estar haciendo todo bien. Sé que no es excusa pero me recibí hace muy poco y no tengo idea de la práctica. Muchas gracias!
 #864404  por sanjuanino
 
charlie1989 escribió:Buenas tardes, necesito enviar un telegrama exigiendo al empleador que entregue el certificado de prestación de servicios, según el art 80 LCT. Tengo escrito lo que pienso mandar, pero no estoy seguro de que sea lo ideal, alguien tiene un modelo que ya haya usado para compararlo?

Además, se presenta una situación, el trabajador prestó servicios en Córdoba, pero ahora reside en Mendoza, pienso solicitar que le sea enviado a Mendoza, es correcto esto?

Y por último, el trabajador me dice que no le pagaron las últimas comisiones, cómo las puedo exigir?

Honestamente estoy en un mar de dudas, y agradecería cualquier aporte porque tengo textos redactados para enviar el telegrama pero no estoy seguro de estar haciendo todo bien. Sé que no es excusa pero me recibí hace muy poco y no tengo idea de la práctica. Muchas gracias!
Asumo que es un trabajador registrado, con la relación laboral extinguida y cuyo único credito adeudado de esa relación son las comisiones adeudadas. En principio, no puedes exigir que la certificación de servicios te la entreguen en otra provincia, así como la liquidación de lo adeudado. En este caso, sería conveniente intimarlo a que te lo depositen ante la autoridad administrativa del trabajo del lugar que corresponda, en córdoba creo que se llama secretaría de trabajo.
Te sugiero este texto:
"Intimo término de 96 Hs. deposite ante ...................... el pago por comisiones de ventas adeudadas correspondientes a los meses de ...................... del año .............., las que ascienden a la suma de ......................, bajo apercibimiento de iniciar las acciones legales que correspondan. Asimismo, intimo término de ley deposite ante el mismo organismo la certificación de servicios debida por nuestra relación de trabajo. Todo bajo apercibimiento de iniciar acciones legales, arts. 132 bis y 80 LCT y art. 2 ley 23523."
 #864639  por charlie1989
 
Asumo que es un trabajador registrado, con la relación laboral extinguida y cuyo único credito adeudado de esa relación son las comisiones adeudadas. En principio, no puedes exigir que la certificación de servicios te la entreguen en otra provincia, así como la liquidación de lo adeudado. En este caso, sería conveniente intimarlo a que te lo depositen ante la autoridad administrativa del trabajo del lugar que corresponda, en córdoba creo que se llama secretaría de trabajo.
Te sugiero este texto:
"Intimo término de 96 Hs. deposite ante ...................... el pago por comisiones de ventas adeudadas correspondientes a los meses de ...................... del año .............., las que ascienden a la suma de ......................, bajo apercibimiento de iniciar las acciones legales que correspondan. Asimismo, intimo término de ley deposite ante el mismo organismo la certificación de servicios debida por nuestra relación de trabajo. Todo bajo apercibimiento de iniciar acciones legales, arts. 132 bis y 80 LCT y art. 2 ley 23523."[/quote]

Muchas gracias! y si, creo que se llama Secretaría de Trabajo, pero me voy a averiguar bien. Gracias nuevamente!
 #866203  por sanjuanino
 
acá corrijo lo que me mandaste en el mensaje: en el último párrafo de la carta es el art. 2 de la ley 25323 y no el 2 de la 23523. Perdón por el error, pero es esencial corregirlo