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  • SON DIFERENCIAS SALARIALES?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #864335  por LUROLET
 
BUENAS NOCHES: TENGO UN CASO EN EL QUE AL TRABAJADOR A LO LARGO DE TODA LA RELACIÓN LABORAL SE LE DEPOSITO SU SALARIO FUERA DEL PLAZO LEGAL Y MEDIANTE PAGOS PARCIALES. TODO ELLO ACREDITABLE TODA VEZ QUE LE IBAN DEPOSITANDO EN SU CUENTA SUELDO.
eNTONCES DESDE QUE DEBÍAN PAGARLE HASTA QUE EFECTIVAMENTE LE PAGARON CADA SUMA ESTAS DEVENGARON INTERESES EXIGIBLES ES ASÍ NO? A LOS EFECTOS DE INTIMAR DE PAGO A LA EMPRSA POR ESAS SUMAS, LUEGO EN EL SECLO Y SI LLEGARAMOS EN JUICIO. ¿SE RECLAMAN COMO DIFERENCIAS SALARIALES O INTERESES POR FALTA DE PAGO N TÉRMINO?
gracias!
 #864401  por sanjuanino
 
2 cosas a tener en cuenta:
1)para que esos intereses sean exigibles, en principio, debes constituir al deudor en mora
2) Aún que no fuera en todos los términos acertada la necesidad excluyente de constitución en mora, en derecho laboral la reclamación por créditos tiene una prescripción de dos años
Espero te sirvan los datos
 #864506  por sanjuanino
 
DrCiclón escribió:No coincido sanjuanino, la mora es automática, art. 137 LCT.


Abrazo.
El colega de San lorenzo tiene razón, en lineas generales en cuanto a la exigibilidad del pago de salarios. Pero en este caso, se trata de salarios pagos, en su caso fuera de término, y la intención es ir por los supuestos intereses por esos pagos pasados no abonados en término. Yo considero (en principio, como dije) que en este caso es preciso al menos una intimación previa