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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #856042  por dalecalamar
 
Hola , una pregunta luego de la primera Audiencia del serv doméstico y al no arribarse a acuerdo alguno, el tribuanla de S D, fija una audiencia de absolucion de posiciones.-
alguien sabe cuando se cierra en ésos tribunales de Serv doméstico y cuando se pasan a los tribunales ordinarios ? los plazos para presentación de prueba son iguales que en los tribunales laborales . ? exite un procedimiento de esos tribunales ?Gracias !!!
 #859019  por dalecalamar
 
Bueno colegas al ver que no tuve respuesta Paso a contarles ( ya que lo aprendí) que en los tibunales del Servicio doméstico 25 de Mayo 637 PB funciona el proceso como el ordinario laboral no hay juez hay un presidente se toma una audiencia se presnta la contestacion de la demnada se ofrece alli prueba , siendo que, si al arribar a la etapa de prueba y/ a la audiencia de posiciones tendremos la sentencia.. dcitada por el presidente del tribunal del serv doméstico si por ejemplo uno sale perjudicado ....podrá recurrir al tribunal superior : que es la Justicia ordinaria del fuero Laboral !!! allì si uno planteó la inconstitucionalidad del dcto 326/58 podrá. "ver talvez" , ver satisfechos los reclamos y/o peticiones . saludos"
 #859567  por karayna
 
Hola!! a ver si entendi... se inicia demanda como en los laborales comunes? osea..relato hechos y puedo ofrecer prueba despues...o tengo q poner todo ya en el mismo escrito?

luego de presentar la demanda...el consejo fija una audiencia conciliatoria...y en ese momento la demandada contesta demanda y ofrece su prueba? es asi?

Gracias por cualq info!! q no se nada de serv domestico?

Ahh otra cosa....la ley 25323 se aplica al serv domestico?

gracias!!