Estimados colegas, tengo una pregunta. Uno de los clientes del estudio omitió notificar a alguien de que ingresaba en reserva de puesto. Obviamente, se quejó por CD, con lo cual la empresa en cuestión decidió abonar el sueldo atrasado, con los intereses correspondientes, calculados a tasa activa. Lo que me preguntan es, como se liquidarían en el recibo de sueldo estos intereses, para que quede reflejado en libro ley, aportes, etc? O por ahí convendría más pagarlo en cheque/efectivo?
Gracias!
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