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  • sucesion auto + inmueble calculo de tasa

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 #719539  por anisol
 
Hola colegas, queria consultarles lo siguiente: tengo una sucesión en la cual el acervop hereditario esta compuesto por un inmueble y un auto. Como se hace en este caso para calcular la tasa de justicia? Como se calcula respecto del auto?? Gracias!!
 #719571  por abogado1987
 
anisol escribió:Hola colegas, queria consultarles lo siguiente: tengo una sucesión en la cual el acervop hereditario esta compuesto por un inmueble y un auto. Como se hace en este caso para calcular la tasa de justicia? Como se calcula respecto del auto?? Gracias!!
¿ donde tramita el sucesorio ?
 #719636  por anisol
 
tengo entendido que el caculo en el caso del inmueble es el 2,2 % de la valuación fiscal del inmueble + 10% en concepto de bienes muebles.
Ahora si en el haber sucesorio tengo además un auto, como lo calculo? es el 2,2% de la valuación fiscal del inmuble + la valuación del auto?.
 #720076  por mordecai
 
Hola...para el inmueble vas a calcular el valor de la valuación fiscal mas el 10 % de bienes muebles...Lo que da vas a dividirlo por la porción que se transmite, vale decir que, si el bien era ganancial, transmitis un 50 % por ende, el valor de lo que te da, lo dividis por dos..Ahora par el auto, utilizas la valuacion de Rentas,o del seguro o del diario o de una concesionaria y también lo que te da, lo dividis por lo que se transmite..En ambos casos, el resultado final le calculas el 2,2% de tasa de justicia y a eso el 10 % en concepto de sobre tasa...Abrazo
 #720166  por abogado1987
 
anisol escribió:tengo entendido que el caculo en el caso del inmueble es el 2,2 % de la valuación fiscal del inmueble + 10% en concepto de bienes muebles.
Ahora si en el haber sucesorio tengo además un auto, como lo calculo? es el 2,2% de la valuación fiscal del inmuble + la valuación del auto?.
como pauta (Excel)
Inmueble
Valuación fiscal año 2011 $ 100.000,00
Bienes muebles 10% $ 10.000,00
$ 110.000,00

(transmite en porcentaje) 25,00 % = $ 27.500,00

Tasa de Justicia 2,2% $ 605,00
Sobretasa de justicia $ 60,50

Automotor
Valuación fiscal año 2011 $ 100.000,00

(transmite en porcentaje) 50,00 % = $ 50.000,00

Tasa de Justicia 2,2% $ 1.100,00
Sobretasa de justicia $ 110,00
 #855401  por citrus
 
QUE LIO ME HAGO!! ES MI PRIMERA SUCESION Y ESTOY RE CONFUNDIDA....A LA EXPLICACION DE SI EL BIEN ES GANANCIAL LO DIVIDO POR 2....PERO SI TENGO COMO HEREDEROS A ESPOSA E HIJO...ALGUIEN PUEDE DARME UN EJEMPLO PRACTICO?? PORQUE REALMENTE NO LO ENTIENDO..GRACIAS
 #855687  por alejandra01
 
puedo preguntar por qué se paga el 10% de bienes muebles?..es siempre así aunque en la propiedad no haya ni una silla?.
mordecai escribió:Hola...para el inmueble vas a calcular el valor de la valuación fiscal mas el 10 % de bienes muebles...Lo que da vas a dividirlo por la porción que se transmite, vale decir que, si el bien era ganancial, transmitis un 50 % por ende, el valor de lo que te da, lo dividis por dos..Ahora par el auto, utilizas la valuacion de Rentas,o del seguro o del diario o de una concesionaria y también lo que te da, lo dividis por lo que se transmite..En ambos casos, el resultado final le calculas el 2,2% de tasa de justicia y a eso el 10 % en concepto de sobre tasa...Abrazo
 #855820  por mcnulty
 
alejandra01 escribió:puedo preguntar por qué se paga el 10% de bienes muebles?..es siempre así aunque en la propiedad no haya ni una silla?.
Es una presunción que hace el ente recaudador , no importa que sea un baldío o depto. "recontraamueblado ", se paga siempre el mismo % (en CABA es 5%).
Algo similar pasa en las DDJJ de Bienes Personales ante AFIP ,tenes que sacar el 5% de a la sumatoria de la columna de todos tus bienes y sumarlo a la misma en concepto de " Bienes personales y muebles del hogar",
 #855885  por citrus
 
hola colegas...ya entendi lo d la declaracion y el pago d tasa!. A quien tambien tenga dudas se lo puedo intentar explicar...gracias
 #855945  por alejandra01
 
muchas gracias por la explicación....!!!Realmente me desayuné con ése tema, porque no lo sabía de verdad a lo de ese 10%...
mcnulty escribió:
alejandra01 escribió:puedo preguntar por qué se paga el 10% de bienes muebles?..es siempre así aunque en la propiedad no haya ni una silla?.
Es una presunción que hace el ente recaudador , no importa que sea un baldío o depto. "recontraamueblado ", se paga siempre el mismo % (en CABA es 5%).
Algo similar pasa en las DDJJ de Bienes Personales ante AFIP ,tenes que sacar el 5% de a la sumatoria de la columna de todos tus bienes y sumarlo a la misma en concepto de " Bienes personales y muebles del hogar",
 #884388  por Briank
 
Hola queridos colegas, tengo una duda puede ser muy tonta para ustedes pero yo ya no puedo mas, calcule la Tasa y Sobretasa de justicia muy facilmente como ustedes lo aplican ahi, el tema es que no se volcarlo en la declaracion jurada y como los bienes se transmiten en un 50%. El incremento de bienes inmuebles por el 10% lo hice al prinicipio pero cuando lo saco al 50% la tasa y sobretasa me da otro valor, no soy el as de las matematicas pero bueno, aca les describo los calculos que hice.

Inmueble:

Valuacion Fiscal año 2012 $517.313
Presuncion bienes muebles 10%: $51731,3
$569.044,30

(Transmite en porcentaje) 50%
= $284.522,15

Tasa de justicia: $6259,48
Sobretasa de Justicia: $625,94

Automotor:

Valuacion Fiscal año 2012: $10.000
Transmite en porcentaje 50%
=$5000

Tasa de justicia: $110
Sobretasa de Justicia $11

No se volcar este razonamiento a la declaracion jurada.
 #884395  por Briank
 
Como lo calcule incrementado al principio como me dijeron ustedes y lo considero lo mejor para no equivocarme, tambien lo divide incrementado al principio, tenia que restarle el 10% en la declaracion jurada para que de la valuacion fiscal que calcule 284.522,15.

Me quedo asi en la declaracion:

258.656,50 la valuacion fiscal actualizada
y 25.865,65 el incremento de bienes muebles total:

284.522,15.