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  • embarazada de alto riego

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #854741  por ays
 
Hola, les hago una pregunta. La empleada de mi cliente quedo embarazada (alto riesgo) y esta en reposo con certificado desde entonces (tres meses). Alguien tiene en claro como es el tema de la remuneración? el le tiene que pagar tres meses conforme el 225 lct no? si sigue en reposo, no se le paga? después tiene la licencia con goce, pero yo hablo del reposo a causa del riego del embarazo. Gracias!!!
 #854757  por pepecurdele
 
225 no, corresponde aplicar el 208 de la LCT, hasta tanto le corresponda la licencia por maternidad.
 #854868  por ays
 
Perdon, queria poner el 208! enfermedad inculpable. Mi duda radica en lo siguiente: Ya pasaron tres meses de reposo. Osea que ahora no le debe abonar mas hasta tanto se reincorpore? mas allá de lo que le corresponde por licencia por maternidad. Esa es mi duda...