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  • MODELO DEMANDA CONTRA A.R.T. (URGENTE. PRESCRIBE)

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #854020  por Fernando1982
 
ESTIMADOS COLEGAS, NECESITARÍA SI ALGUIEN TIENE LA CORTESÍA DE FACILITARME ALGÚN MODELO DE DEMANDA CONTRA A.R.T. POR ACCIDENTE DE TRABAJO (NO IN ITINERE), YA QUE A MI CLIENTE LE DICTAMINARON EN LA S.R.T. UN 18% DE INCAPACIDAD Y DEL CUAL LE FUE PAGADO DE ACUERDO A LA LEY 24.557, PERO NECESITO INICIAR LA DEMANDA CONTRA LA A.R.T. POR LOS OTROS RUBROS NO CONTEMPLADOS EN DICHA LEY, PERO ESTO NO ES TODO, LA ACCIÓN PRESCRIBE EL 18 DE JUNIO POR LO QUE SI ALGUIEN PUEDE FACILITARME ALGÚN MODELO COMO PARA TENER DE COMPARACIÓN, LE ESTARÍA ETERNAMENTE AGRADECIDO, MUCHAS GRACIAS.-
 #854089  por eltam88
 
ebarreyro escribió:Estimado. No puede reclamar a la ART indemnización más allá de lo que la LRT indica.
Me parece que está encuadrando mal el caso.
Fijate que dice que no es in itinere, es decir puede reclamar basandose en el art. 1074 CCiv(siempre que se den los presupuestos)
 #854096  por isa09
 
Perdón pero si se puede demandar a la art por accidente de trabajo, es la llamada accion especial, se plantea la inconstitucionalidad de las comisiones medicas y arts que fijan indemnizaciones, además se pide indemnizacion del decreto 1694/2009, saludos!
 #854102  por ebarreyro
 
Claro, entonces es acción contra el empleador.
Irá contra la ART si se comprueba incumplimiento doloso.
Pero quién posteó, nada dice acerca de que haya culpa o dolo de empleador y ART.
 #854168  por eltam88
 
ebarreyro escribió:Claro, entonces es acción contra el empleador.
Irá contra la ART si se comprueba incumplimiento doloso.
Pero quién posteó, nada dice acerca de que haya culpa o dolo de empleador y ART.
Para reclamarle a la ART por la vía civil basta que se den los presupuestos del 1074
 #854562  por mbba
 
puede reclamar por un porcentaje mayor al que le dio la Comisión médica y encuadrarlo en la LRT. Obvio que se toma a cuenta el pago que le hizo la ART previo. Además es posible que como fue un accidente de trabajo haya alguna manera de realizar una acción civil por el art. 1074 en caso de que la empleadora no hubiera cumplido con lo establecido en materia de higiene y seguridad.
 #856824  por Fernando1982
 
GRACIAS COLEGAS, PERO SI SE PUEDE DEMANDAR A LA ART, SOLICITANDO LA INCONSTITUCIONALIDAD DE LA LRT. SOLO BASTA CON LEER EL FALLO DE LA CORTE EN EL CASO VUOTTO Y POSTERIORMENTE EL CASO MENDEZ DONDE SE AMPLIA LA EDAD A 75 AÑOS COMO TOPE. SI ALGUIEN TIENE UN MODELO DE DEMANDA CONTRA LA ART LO AGRADECERIA MUCHO, ES SOLO PARA TENER DE ORIENTATIVO AL MOMENTO DE REDACTARLA, ESPERO ME HAYAN ENTENDIDO, MUCHISIMAS GRACIAS POR CONTESTAR, SALUDOS A TODOS.-
 #856831  por ebarreyro
 
Estimado:
Vuotto y Mendez no son de la corte, sino de la Sala III de la CNAT. Cerámica Alberdi (creo) es el intento de corrección que la CSJN con Lorenzetti a la Cabeza quiso hacer de Vuotto; entonces la SALA III se expidió en Mendez para "sortear" las críticas del superior.
 #856933  por ebarreyro
 
Gracias por la corrección. De memoria y a esa hora de la noche no me acordaba. Como tengo el combo armado, hace años que no leo los viejos fallos.
Un golazo Mendez, lástima que se quedó corto respecto de las correcciones de la CSJN, a mi humilde criterio.
 #856936  por eltam88
 
ebarreyro escribió:Gracias por la corrección. De memoria y a esa hora de la noche no me acordaba. Como tengo el combo armado, hace años que no leo los viejos fallos.
Un golazo Mendez, lástima que se quedó corto respecto de las correcciones de la CSJN, a mi humilde criterio.

Tal cual.
Estaba bien lo que decias, solo lo ordene, primero vuotto luego CSJN Aróstegui cuestiona a Vuotto y aparece Mendez.
Igual la jurisprudencia de la Corte es Arostegui.