Estimo que es un caso laboral donde la muerte se produjo despues de iniciado el proceso no?
Podes pedir la suspension del proceso, yo en una ejecucion en plena etapa ejecutoria amenazando con la nulidad de todo lo actuado la logre, pero fue de puro culo que me la dieran, en si no tenian que darmela.
El tema es que aun muerto el actor, el apoderado puede pedir la ultractividad del poder a los fines de la conservacion de los derechos y hasta tanto los herederos se hagan cargo y le ratifiquen la gestion.
Como poder, podrias hacer una presentacion solicitando la suspension y amenazando con la nulidad de todo lo actuado luego de la fecha del fallecimiento si luego hay ratificacion por los herederos (para lo cual tienen que acreditar ser herederos, sino les opones falta de legitimacion y seguis peloteando el juicio; en esto queda a criterio del juez si alcanza acreditar ser heredero presunto o heredero declarado).
Si te la dan bien..., pongamosle que no te la dan, automaticamente pedi la nulidad de todo lo actuado, no van a poder resolverla ni a favor ni en contra, porque para eso necesitan si o si que haya ratificacion o negativa de los herederos a la actuacion del letrado.
Si el letrado de la otra parte no se aviva en este punto de pedir la ultractividad del poder para poder proseguir el juicio y el juez tampoco (yo tuve suerte esa vez y ninguno se avivo de pedirlo), le trabaste la causa.
Pongamosle que se aviva y te la pide o el juez la dispone..., bueno, en ese caso cambias la estrategia y comenzas a avanzar el juicio hasta que haya audiencias, ahi viene lo bueno, con el actor muerto..., como van a proceder con la confesional tuya pedida en su contra? Si no esta acreditada la muerte sonaron, se la haces pasar por valida, caso contrario, te la tienen que desestimar esa prueba por imposibilidad de produccion. Lo mismo pasa con los eventuales acuerdos, cuando el juzgado quiera que arregles, vos les contestas "yo no puedo arreglar ni pagar nada hasta que no sepa a quien pago, no si se hay otros herederos dando vuelta" y con eso les tapas la boca.
El juicio va a seguir avanzando hasta la etapa previa a sentencia en este caso, pero no creo que el juzgado quiera arriesgarse a sacar una sentencia, porque si la sacan y despues los herederos no ratifican..., sonaron, la sentencia es nula de nulidad absoluta. Asi que creo que el juzgado lo va a suspender en ese mismo instante.
Pongamosle que no lo suspende y saca sentencia condenatoria, le pedis una nulidad a la sentencia misma por los motivos que ya sabemos, de manera que haces imposible su ejecucion.
En todo caso, lo cierto es que a la larga, o a la corta en algun momento procesal, el expediente se va a trabar si no se subsana ese problema del actor muerto.
Asi que yo diria que tires toda la bateria de defensas que puedas y si ves que se subsana te tiras al arreglo pidiendo una audiencia en ese momento.
Pero ojo, que hacer esto puede darte un efecto contrario luego cuando llegue la oportunidad de arreglar, la otra parte, muy caliente por todas las trabas que le metiste, si despues logra destrabar el expediente, puede que ya no este con ganas de arreglar y te pida sumas astronomicas por todo el tiempo que le hiciste perder.
Cuando una multitud de cuervos rodeaba al cliente al grito de "que pague!, que pague!", se hizo presente el señor y dijo "el que este libre de inflar una liquidacion, que arroje la primer calculadora"