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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #852824  por jbaroff
 
Buenas,

tengo un caso donde la demandada no niega relacion, no niega fecha de ingreso y egreso, ni niega remuneraciones.

Niega que le corresponda a mi cliente indemnizacion por tratarse de un contrato a plazo. Y yo digo que siendo una empresa de servicios eventuales, el contrato a plazo se entiende que es por tiempo indeterminado, salvo para el caso de aquellos empleados que presten servicios en las instalaciones de la ESE.

Que les preguntaria a los testigos? si conocen a mi cliente y si saben que trabajaba ahi? no es algo que la otra parte niegue... Pareceria ser el caso de un problema de puro derecho, alguna sugerencia?

Gracias
 #852932  por drmad
 
Tenes que apuntar a la habitualidad del contrato, si lo hacia muy seguido entonces deja de ser contrato eventual para ser dependiente. La figura del contrato eventual se usa mucho en lo que es por ejemplo el trabajo de mozos, pero si a es persona la llaman todos los fines de semana a trabajar durante varios meses, el empleador te pondra la figura del trabajo enventual y que solo la llama si tiene tareas que darle (casualidad que tienen todos los fines de semana). Lo que tenes que destruir es esa figura de eventualidad encubierta
 #852941  por MORGAN
 
podría decirse que es un contrato de plazo indeterminado pero de prestación discontínua.
no cierra la contestación de la empresa eventual. cual fue la causa de la injuria?. o fue despido directo?
 #853052  por jbaroff
 
MORGAN escribió:podría decirse que es un contrato de plazo indeterminado pero de prestación discontínua.
no cierra la contestación de la empresa eventual. cual fue la causa de la injuria?. o fue despido directo?
Dr mad sin ofender, estaba hablando de empresas de servicio eventuales, no tengo que destruir ninguna eventualidad, hay undecreto especifico que regula el tema.

Morgan el problema es que hubo un despido directo, en un supuesto contrato a plazo. El contrato a plazo solo puede ser usado con sus plenos efectos por las ESE en el caso de personal contratado para desarrollar tareas en su sede, en todos los demas casos, un contrato a plazo efectuado por una ESE se considera un contrato permanente discontinuo, con la facultad de la ESE de suspender sin goce de sueldo al empleado por 90 dias al año y no mas de 45 continuos. Al despedir a estos trabajadores, la empresa no pago como corresponde la indemnizacion por despido.

He aqui toda la discusion, en ningun momento ellos negaron los hechos, ni yo dije que el trabajo no sea eventual, sino que en su calidad de ESE deben abonar, a los empleados que no desarrollen sus actividades en las sedes propias de esa empresa, todas las indemnizaciones pertinentes, aun cuando el contrato sea eventual, ya que precisamente es ese el objeto de creacion de las ESE como su mismo nombre lo dice , o sea, que se dediquen a brindar a los trabajadores distintos trabajos eventuales hasta conseguir uno fijo, y es por eso que tienen los 45 dias corridos de suspension, el plazo dado por la regulacion para encontrarle un nuevo puesto, y asi lo ratifica el decreto pertinente.

Ellos simplemente lo que hacen es negar que les corresponda pagar indemnizacion, sin dar mas detalles, reconociendo plenamente fechas, horarios y sueldos.

Por eso apuntaba a que a mi me parece que es de puro derecho. DE todas maneras quiero presentar testigos y hacer un pliego en el caso que el juez no este de acuerdo conmigo en que la causa sea de puro derecho.

Alguna idea de como podria darle al juez la pauta de que declare la situacion de puro derecho? no se bien en que parte de la demanda iria, convengamos que es una situacion muy poco usual...

Gracias
 #853082  por MORGAN
 
concuerdo con tu razonamiento. te aseguraste que el no haya una intimación al trabajador antes del despido?. igual ofrecería posiciones, testimonial y la informativa, para desistirla hay tiempo.
igualmente podés solicitar que se declare la causa como de puro derecho. una vez que resuelva y se notifique pedís sentencia.
 #853249  por jbaroff
 
MORGAN escribió:concuerdo con tu razonamiento. te aseguraste que el no haya una intimación al trabajador antes del despido?. igual ofrecería posiciones, testimonial y la informativa, para desistirla hay tiempo.
igualmente podés solicitar que se declare la causa como de puro derecho. una vez que resuelva y se notifique pedís sentencia.
Te entiendo en lugar de sugerirlo desde la demanda quizas lo pido con la apertura a prueba?

Si absolutamente me asegure que no haya intimacion, te referis seguramente a la dacion de tareas en un nuevo destino...

En otros casos dicen haber cursado tal intimacion pero nunca llego, en este caso ni siquiera eso, lisa y llanamente lo despiden sin pagar indemnizacion como si no fueran una empresa de servicios eventuales y pudieran despedir como cualquier empleza cuando finaliza el plazo de la eventualidad...
 #853253  por jbaroff
 
el contrato en realidad yo nunca lo tuve presente, pero ya sea que haya sido a plazo, ya sea que haya sido eventual, en cualquiera de los dos casos el primero por no preavisar, el segundo por tratarse de una empresa de servicios eventuales, la relacion se termina siempre convirtiendose en permanente.
 #853383  por sanjuanino
 
Entiendo que la cuestión es absolutamente de puro derecho, y no se en este caso que te pueden aportar los testigos. Si te puede apotar la prueba informativa, pero no se en este caso en que ayuda la prueba testimonial
 #853392  por jbaroff
 
sanjuanino escribió:Entiendo que la cuestión es absolutamente de puro derecho, y no se en este caso que te pueden aportar los testigos. Si te puede apotar la prueba informativa, pero no se en este caso en que ayuda la prueba testimonial
A mi me parece igual, pero mi experiencia en juicios es poca, y queria opiniones de gente que haya tenido mas rodaje, quizas habia algo distinto.

Entonces para no perdere tanto tiempo en citaciones, recitaciones y demas, la testimonial la dejo de lado, por ahi le mando algo como que pare el caso que vs señoria lo considere necesario y conducente ofrezco los siguientes testigos...

Gracias a todos por responder!
 #853456  por sanjuanino
 
jbaroff escribió:A mi me parece igual, pero mi experiencia en juicios es poca, y queria opiniones de gente que haya tenido mas rodaje, quizas habia algo distinto.

Entonces para no perdere tanto tiempo en citaciones, recitaciones y demas, la testimonial la dejo de lado, por ahi le mando algo como que pare el caso que vs señoria lo considere necesario y conducente ofrezco los siguientes testigos...
Gracias a todos por responder!
Me parece lo mejor. Hasta diría mas: En un caso tan infrecuente como el tuyo hasta pienso que la testimonial te podría perjudicar innecesariamente (por una metida de pata de un testigo, por ejemplo)