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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #852499  por luc929
 
Buenos días, les quería consultar acerca de un caso que me llegó, es un trabajador de una empresa que se encuentra cerrada desde noviembre, por lo tanto le deben los meses desde ese entonces, tanto a él como al resto de los trabajadores. Por el momento la empresa no se encuentra concursada, tienen otro establecimiento en otra localidad, la cual cerraron en marzo, es cuestion de tiempo que empiecen a caer las demandas.
Más allá de enviar los telegramas de rigor, intimando al pago de los meses adeudados y que aclara situación, que me aconsejan? Quiero iniciar y pedir embargo preventivo, no se si hay otra medida mejor. También si en estos casos pueden llegar a ser responsables los socios gerentes como para intimarlos también.
Hasta el momento los trabajadores estuvieron con el sindicato pero no consiguieron ninguna respuesta. Agradezco toda ayuda, saludos
 #852511  por Milanesa
 
Metele con todo, o sea intima a la empresa y al presidente de la compania en forma solidaria. Yo no me demoraria y en darlo por despedido ante el silencio de los telegramas y posteriormente demandaria a la empresa como al presidente de la misma. No se que opinan otros colegas pero yo haria eso.
 #852565  por Romina34
 
la extensión de la responsabilidad a los socios y administradores, entiendo solo prospera en los casos de empleo irregular.

por lo tanto, veo que solo podrás iniciar las acciones contra la empresa empleadora.

sobre el embargo, deberías ver si la empresa cuenta con bienes o cuentas con sumas para embargar. considero que en el caso, la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora los tenes asegurados.

saludos,
 #852573  por sanjuanino
 
Romina34 escribió:la extensión de la responsabilidad a los socios y administradores, entiendo solo prospera en los casos de empleo irregular.

por lo tanto, veo que solo podrás iniciar las acciones contra la empresa empleadora.

sobre el embargo, deberías ver si la empresa cuenta con bienes o cuentas con sumas para embargar. considero que en el caso, la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora los tenes asegurados.

saludos,
Convengo en un todo con la colega. Si te sirve, y para un mayor reaseguro, al mismo tiempo de solicitar el embargo se puede pedir la inhibición general de bienes
 #852636  por grcerrutti
 
si ha existido vaciamiento puede caber responsabilidad a los socios
 #852642  por pepecurdele
 
me parece que tu cliente esta en grave peligro de esto sea una maniobra y que le apliquen las prescripciones del 241 LCT ya que pasaron mas de 7 meses sin requerirle a la patronal que le otorguen tareas y la patronal no tampoco reclama que retomen tareas. Creo que lo conveniente seria que urgente reclame aclaracion de situacion laboral y otorgamiento de tareas y es mejor que lo haga en conjunto con los demas trabajadores parados, para que no quede duda alguna que quieren seguir con la relacion laboral y que la fuerza de trabajo siempre estaba a disposicon de la empleadora.

Art. 241. —Formas y modalidades.Las partes, por mutuo acuerdo, podrán extinguir el contrato de trabajo. El acto deberá formalizarse mediante escritura pública o ante la autoridad judicial o administrativa del trabajo.Será nulo y sin valor el acto que se celebre sin la presencia personal del trabajador y los requisitos consignados precedentemente.
Se considerará igualmente que la relación laboral ha quedado extinguida por voluntad concurrente de las partes, si ello resultase del comportamiento concluyente y recíproco de las mismas, que traduzca inequívocamente el abandono de la relación.
 #852668  por luc929
 
Muchas gracias por las respuestas. Estuve viendo y la empresa tiene varios automotores a su nombre, pero desconozco si se encuentran prendados o embargados. Varias cuentas en el banco pero en casi todos están en mora, y a la vez figura 1200 cheques rechazados (nunca vi semejante animalada). Urgente intimo y y trato de iniciar juicio como plantes Romina... se podría plntear más adelante lo del vaciamiento y citar a los socios? Estos tienen a su vez otras empresas más solventes...
Pepercudele, acerca de lo que planteas no creo que se de el caso la empresa se encuentra cerrada porque fue clausurada por bromatologia (o algo por el estilo) y en la otra localidad por falta de pago de los servicios públicos. (obvio que en donde estoy tampoco pagaron nada).
Averigüando veo que iniciaron expte administrativo en Secretaria de Trabajo planteando la crisis y tratar de pagar el 50% de indemnizaciones. Le decretaron incompetencia porque lo tienen que presentar en Mstro Trabajo de la Nación, mas alla de que llamaron a audiencia pero la empleadora no se presentó, esto fue en enero... viene mal la cosa, por más que corra el riesgo de no ver un mango y trabajar ad honorem, quiero hacer todo lo posible porque los trabajadores cobren algo de lo que les corresponde.
Gracias por la ayuda, saludos
 #852841  por Romina34
 
si crees que hubo vaciamiento.. te recomiendo que investigues mejor el tema de la extensión de la responsabilidad a los socios..
pero considero que si extendes hacias ellos podrías ir contra los bienes de ellos a título personal, no creo que puedas agredir los bienes/capital de las otras sociedades..
busca jurisprudencia y doctrina sobre extensión de la responsabilidad en que casos procede
saludos,