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  • locación de obra o de servicios?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #852644  por analia_lubari
 
Estimados colegas:
El caso se desarrolla de la siguiente manera: Una profesional, traductora pública, mantiene un contrato de trabajo con una sociedad, el cual se encuentra debidamente registrado. En atención a que disminuyó considerablemente la demanda de traducciones, la empresa le propone que envíe un telegrama de renuncia y que a partir del momento de la renuncia le facture a la sociedad por cada traducción realizada. Existiría la posibilidad de instrumentar ese acuerdo a través de un contrato de locación de servicios o de obra? Mi intención es que exista algún tipo de vínculo contractual debidamente instrumentado a los fines probatorios, en defecto del contrato laboral que dejará de existir. Sé perfectamente que lo lógico sería que efectivicen el despido como corresponde, pero la profesional no quiere perder el vínculo con la empresa y por lo tanto estaría dispuesta a aceptar la proposición. Otra pregunta: Si se formaliza este contrato convendría que se realice bajo la figura de la locación de servicios, en la medida en que existe una dirección del trabajo a cargo del locatario? Teniendo en cuenta que en la locación de obra las obligaciones a cargo del locador son de resultado y en el de locación de servicios son de medio, no convendría también por este motivo la última opción?
Desde ya les agradezco todo lo que me pudieran aportar.
 #852661  por Romina34
 
para mí debería ser locación de servicios. pero tené en cuenta, que aunque firme el contrato que firme si despues lo que se da es una relación de trabajo encubierta, el contrato no serviría para nada. quiero decir, la persona podría reclamar igual.
saludos,
 #852891  por grcerrutti
 
me interesa el caso porque además de abogada soy traductora pública, profesión muy vapuleada.
Tendría que hacerse la b.... y no mandar la renuncia y que firme la locación de servicios. De todas maneras si el trabajo tiene en adelante cierta continuidad siempre estarás a tiempo de alegar que es una contratación fraudulenta. Que se asegure de que cada traducción que entrega le quede constancia de que fue cumplido el trabajo.
Una pregunta: tu clienta que tiene relación de dependencia en blanco trabaja dentro de la empresa?, con la locación la mandan a trabajar a la casa??