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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #851504  por estudiodeabogada
 
COLEGAS, TENGO UN CASO DE UN DESPIDO MIENTRAS SE ENCONTRABA MI CLIENTA CON LICENCIA POR CIRUGÍA MENOR, LA DESPIDEN PONEN A SU DISPOSICION LIQUIDACION PERO MI CLIENTA QUE , TRABAJABA POR NECESIDAD QUISO QUE LA INDEMINIZACION FUERA CONFORME A LOS RELAES DATOS DE REGISTRACIÓN, YA QUE ESTABA REGISTRADA UN AÑO DESPUES , POR UN SUELDO MENOR AL CONVENIO, NO LE PAGABAN HORAS EXTRAS Y LA CATEGORIA ERA DE VENDEDORA CUANDO EN REALIDAD ERA UN NEGOCIO DE ROPAS DONDE FUNCIONABA UNA FINANCIERA, EN EL FONDO, ELLA ERA LA QUE SE OCUPABA DE OTORGAR PRESTAMSO EN EFECTIVO O A TRAVES DE CUPONES , SEA PARA LA COMPRA EN EL LOCAL COMO EN LOS LOCALES ADHERIDOS A LA MISMA , NO TRABAJABAN CON POSNET PUESTO QUE NO ERA UNA FINANCIERA AUTORIZADA Y SE TRABAJABA CON CUPONES DEBIENDO EL DEUDOR FIRMAR UN SIMPLE PAGARÉ A CAMBIO. INTIMÉ MEDIANTE CARTA DOCUMENTO ESTOS CONCEPTOS , ME NIEGAN TODO PERO ME OFRECEN TENIENDO COMO BASE LA SUMA DE $20000 QUE SEGÚN ELLOS ERA LO QUE CORRESPONDIA, OTRA DE $34000, LA QUE MI CLIENTA NO ACEPTA ATENTO A QUE ELLA QUIERE QUE LE PAGUEN TODO LO QUE LE DEBEN. HICE LIQUIDACIÓN , AGREGUÉ MULTAS DE LA 24013 PORUQE SI BIEN SOLO EXISTEN CUANDO LA RELACIÓN LABORAL ESTÁ SUBSISTENTE CONSIDERÉ QUE HASTA EL ALTA MÉDICA SIGUIERON GENRANDO SALARIOS POR LO QUE ENTIENDO QUE RECIÉN AHI CAE LA RELACIÓN, ESTA BIEN? YA ARME LA DEMANDA , PUSE ALGO SOBRE FRAUDE LABORAL ATENTO EL DESTINO DISTINTO DE LA FIRMA . ALGUIEN TIENE ALGUN MODELO PARA COMPARAR SI TUVIERON ALGUN CASO SIMILAR. MUUUCHAS GRACIAS!!!!!!
 #851546  por pepecurdele
 
No la 24013 no va, aunque hubiera seguido generando salarios, ya que a pesar de ello la relacion laboral ya habia fenecido con el despido, solo le cabria la duplicacion establecida en el art 1 de la ley 25323 si es que demostras que la inscripcion era defectuosa.
 #851600  por sanjuanino
 
convengo con pepecurdele
 #851647  por estudiodeabogada
 
entonces saco la multa de la 24013, dejo la de la ley 25323 inc 2, por falta de pago ante la intimacion y la 25345 por la falta de certificados, ya que si bien los pone a su disposición , según un curso que hice el año pasado es cuestionable ya que no está aún en poder del trabajador. Les parece. Alguien tiene un modelo de demanda como para comparar con la mía, si les interesa por la noche subo la mia para que le sirve a alguien, entre todos podemos ayudarnos!!! gracias
 #851664  por pepecurdele
 
tirate con la duplicacion del art 1 de la 25323 si podes probar la registracion defectuosa.
 #851666  por sanjuanino
 
estudiodeabogada escribió:entonces saco la multa de la 24013, dejo la de la ley 25323 inc 2, por falta de pago ante la intimacion y la 25345 por la falta de certificados, ya que si bien los pone a su disposición , según un curso que hice el año pasado es cuestionable ya que no está aún en poder del trabajador. Les parece. Alguien tiene un modelo de demanda como para comparar con la mía, si les interesa por la noche subo la mia para que le sirve a alguien, entre todos podemos ayudarnos!!! gracias
tal cual. fijate bien el tema de la multadel art. 80 por que puede no proceder, en caso de que los certificados esten a dispocisión del trabajador y este tenga acceso a los mismos.
El tema de los modelos se esta discutiendo en un tópico en la sección "el bar", metete ahí y mirá.
yo lo mismo no tengo un modelo similar al tipo de demanda que estas por hacer.
En el tema de los modelos, me parece que vamos a tener que abrir un tópico en nuestra sección de laboralistas para ponernos de acuerdo sobre la cuestión
 #851931  por estudiodeabogada
 
GRACIAS A TODOS, TIENEN RAZÓN CON RESPECTO A LA MULTA DE LOS CERTIFICADOS PERO PUEDO ARRIESGARME A DECIR QUE SI IEN ESTAN A SU DISPOSICIÓN CDO. FUE A RETIRARLOS NO SE LOS QUISIERON DAR POR TAL O CUAL COSA, QUE NUNCA ENCONTRABA A NADIE Y LE DECIAN QUE UELVA AL OTRO DÍA, SI BIEN HAY QUE PROBAR, ESO LO TIENE QUE ROBAR EL EMPLEADOR, NO? GRACIAS OTRA VEZ A TODOS!!!
 #851934  por gusgus
 
estudiodeabogada escribió:GRACIAS A TODOS, TIENEN RAZÓN CON RESPECTO A LA MULTA DE LOS CERTIFICADOS PERO PUEDO ARRIESGARME A DECIR QUE SI IEN ESTAN A SU DISPOSICIÓN CDO. FUE A RETIRARLOS NO SE LOS QUISIERON DAR POR TAL O CUAL COSA, QUE NUNCA ENCONTRABA A NADIE Y LE DECIAN QUE UELVA AL OTRO DÍA, SI BIEN HAY QUE PROBAR, ESO LO TIENE QUE ROBAR EL EMPLEADOR, NO? GRACIAS OTRA VEZ A TODOS!!!
podria presentarse con testigos a requerir la entrega del certificado
 #851936  por gusgus
 
sanjuanino escribió: En el tema de los modelos, me parece que vamos a tener que abrir un tópico en nuestra sección de laboralistas para ponernos de acuerdo sobre la cuestión
pero querido colega!!!!! "la libertad es libre" dijo un sabio filofoso!!!! :lol: :lol: :lol:

dele para adelante nomas que el topic de los modelos, no es mas que una simple opinion personal, de este humilde energúmeno malaonda!!!!

un saludo afectuoso, amigo cuyano!
 #852360  por MORGAN
 
pues claro que va a ir a retirar los certificados que además no reflejarían lo que ella reclama.
que los consignen sino les cabe la multa.
 #852365  por sanjuanino
 
gusgus escribió:pero querido colega!!!!! "la libertad es libre" dijo un sabio filofoso!!!! :lol: :lol: :lol:

dele para adelante nomas que el topic de los modelos, no es mas que una simple opinion personal, de este humilde energúmeno malaonda!!!!

un saludo afectuoso, amigo cuyano!
Lo que pasa mi amigo es que todavía no me pongo de acuerdo conmigo...