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  • TRABAJO EN NEGRO PARA PERSONA JURIDICA

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #850744  por sinrecurso
 
Estimados, les pregunto Uds. que saben tanto: Tengo un cliente que trabajó en negro para una SRL. Yo intimé la registración -vigente el vínculo- y como negaron la relación en sí, lo di por despedido. Hasta acá no tengo dudas. La pregunta es, puedo demandar sólo a la Persona Jurídica (acuérdense que es empleo no registrado) o tengo que hacerlo también a los representantes legales o socios (arts. 54, 59, etc LS)??. Y en su caso, tengo que intimarlos previamente por telegrama y en qué términos??, Si no llego a intimarlos y/o demandarlos al principio, cómo puedo después hacerlos responsables??. GRACIAS POR SU PACIENCIA Y SAPIENCIA!!!
 #850831  por eltam88
 
Podés demandar a la persona jurídica, también podés hacerlo respecto de las personas físicas.
 #850859  por grcerrutti
 
de acuerdo al 705 C.C. podés demandar sin intimar. Pero ya que el trabajador se consideró despedido respecto de la SRL no estaría mal intimar el pago de las indemnizaciones a los socios gerentes. El SECLO debes iniciarlo contra todos. Al momento de demandar por las dudas fundá bien que la responsabilidad se apoya fácticamente en que ambos lo contrataron en forma extracontable, le daban órdenes, y le abonaban el sueldo en negro. En realidad en una SRL se entiende que todos los socios administran y cometen el fraude, en las SA es más necesario vincular la calidad de socio con la de administrador.
Suerte!!!!