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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #849504  por estudiodeabogada
 
Colegas : para una indemnización del servicio domestico en provincia solo va indmn. por ant con sac, preaviso, con sac, meses adeudados, vaca. prop. sac propor. diferen. salariales, aportes no hecho ya que estaba en negro por todo el periodo de trabajo aunque sea de seis años, y no corresponde ninguna multa no?. en caso de no acordar, donde se inicia el reclamo judicial ya que en captal está el tribunal doméstico pero en provincia donde lo inicio?. gracias
 #849705  por flux
 
En el decreto del 56 de servicio domestico en provincia no hay multas ni de la 24.013, ni de la 25.323, ni articulo 80 LCT, tampoco 132 bis, etc.

Aparte con el tema de los aportes hay algo medio confuso, porque ahora la AFIP pide para que esten registradas no me acuerdo que formulario con el cual tambien se le hacen los aportes.

Pero por una superposicion de normas, la vieja libreta de empleo domestico del Ministerio de Trabajo sigue subsistiendo, osea que si una trabajadora domestica en provincia tiene esa libreta ya estaria en blanco, aun si no esta regularizada en AFIP

Pero volviendo al tema, si bien no tenes ninguna multa, tampoco te corre la prescripcion bienal, osea que si tenes seis años en negro, pedi todos los SAC caidos por todo el tiempo de la relacion laboral, que la prescripcion en este caso es la del CCiv de 10 años.

Tambien denunciale un par de salarios caidos (tampoco muchos, que no pase al limite de lo no creible). Y asi justificas el monto en el juicio.
 #849745  por eltam88
 
flux escribió:En el decreto del 56 de servicio domestico en provincia no hay multas ni de la 24.013, ni de la 25.323, ni articulo 80 LCT, tampoco 132 bis, etc.

Aparte con el tema de los aportes hay algo medio confuso, porque ahora la AFIP pide para que esten registradas no me acuerdo que formulario con el cual tambien se le hacen los aportes.

Pero por una superposicion de normas, la vieja libreta de empleo domestico del Ministerio de Trabajo sigue subsistiendo, osea que si una trabajadora domestica en provincia tiene esa libreta ya estaria en blanco, aun si no esta regularizada en AFIP

Pero volviendo al tema, si bien no tenes ninguna multa, tampoco te corre la prescripcion bienal, osea que si tenes seis años en negro, pedi todos los SAC caidos por todo el tiempo de la relacion laboral, que la prescripcion en este caso es la del CCiv de 10 años.

Tambien denunciale un par de salarios caidos (tampoco muchos, que no pase al limite de lo no creible). Y asi justificas el monto en el juicio.
La prescripcion esta debatida, pero en Prov. BsAs es 2 años el criteriuo que prevalece.
 #850400  por estudiodeabogada
 
GRACIAS A TODOS, PERO MI PREGUNTA DONDE TRAMITARÍA EL JUICIO, PRIMERO PARA UNA CONCILIACIÓN DONDE LA HARÍA Y EN CASO DE NO CONCILIAR DONDE INICIO DEMANDA? LO PREGUNTO PORQUE SIEMPRE ARREGLE EN CAPITAL EN EL TRIBUNAL DE SERVICIO DOMESTICO PERO LLAME Y EN ESTE CASO NO ES COMPETENTE. GRACIAS!
 #850592  por dramereu
 
Yo hice uno de esos juicios, empleada de 25 años en negro, la abuelita que era su empleadora se hace insana, demandar a los hijos era casi imposible, terminé cerrando por 10 lucas, pobre mujer!!!

En ministerio fue cerrado el acuerdo, según la zona en que haya trabajado, y luego a la justicia competende de la zona que desempeñaba tareas...

La indemniz. si no me equivoco es de medio mes por año de trabajo.

Saludos.