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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #849053  por vyktor50
 
Colegas, tengo una cuestión que no termino de encontrarle la vuelta.
El tema es así: Un delegado gremial mal categorizado, y por ende cobrando de menos y con menos aportes a la jubilación de los correspondientes, un día X fallece. Cuando la esposa va a cobrar la liquidación del art. 248, obviamente, le pagan de acuerdo a lo que ellos tenían.
Con la asesoría letrada de una colega hicimos el reclamo y aportamos en el Sindicato documentación que corroboraba la fecha real de ingreso al gremio, y todo lo demás. Se le hace una nueva liquidación (sólo por art. 248) y la viuda cobra en el seclo la diferencia, mediante acuerdo homologado.
Ahora bien, la viuda realiza los trámite para el cobro de la pensión, pero como era de suponer, la pensión es mísera respecto de que realmente debiera cobrar de haberse realizado los aportes en debida forma.

¿Se puede reclamar esto al empleador, a los fines que realice los aportes a la Anses? ¿O ya no, toda vez que entre las partes se firmó un acuerdo?

Repito que en la prenegociación siempre se reclamó el tema del art. 248, y con esa liquidación se termino conciliando en el Seclo, y nunca de la deuda que se mantenía con el organismo previsional, que a la postre termina perjudicando considerablemente a la viuda.

Quién me orienta un poco??? Gracias.
 #849143  por pepecurdele
 
habria que ver que firmaron en el SECLO, ya que si el convenio en que le pagaron las diferencias reclamadas, quedo la frase sin reconocer hechos o derechos.... NO se si haciendo una denuncia directamente en la AFIP con la prueba que tenes puedas lograr que quede establecido que el causante percibia una suma mayor a la denunciada en los recibos de haberes.
 #849973  por vyktor50
 
pepecurdele escribió:habria que ver que firmaron en el SECLO, ya que si el convenio en que le pagaron las diferencias reclamadas, quedo la frase sin reconocer hechos o derechos.... NO se si haciendo una denuncia directamente en la AFIP con la prueba que tenes puedas lograr que quede establecido que el causante percibia una suma mayor a la denunciada en los recibos de haberes.
Gracias pepecurdele: en el convenio dice así efectivamente, me parece a mí que se puede ir a denunciar en el Mº d Trabajo y/o en la AFIP con toda la prueba (que la viuda tiene), y ver qué se puede lograr ahí. No se me ocurre otra. Pero mi duda es acerca de si tiene derecho o no a reclamar esto, por el convenio firmado y porque ya se gestionó y está cobrando la pensión.
 #850102  por sanjuanino
 
yo haría las gestiones que dices, pero la veo dificil a la cosa.
quizás habría que hacer la consulta en la sección de los previsionalistas que por ahí ellos te pueden guiar mas en el tema