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 #849579  por abasto78
 
El que caso que tengo es el siguiente, una persona ingresó a trabaja en un banco a través de una consultora del 2005 al 2009
y del 2010 a la actualidad está trabajando para el mismo banco pero por otra consultora.
1- ¿La antiguedad se puede sumar? (según el articulo 18 20744)

Están prometiendo efectivizarlo en el banco pero prometen una fecha y no la cumplen

1- Esto sería fraude laboral, Alguien tiene experiencia en este tipo de casos.. ?
muchas gracias
 #849796  por GU
 
Es interesante, entiendo que si, que podria exigir el blanqueamiento por la totalidad del periodo trabajado para la usuaria (banco) independientemente de quien aparecio en dichos periodos como empleador formal (empresa de servicios eventuales).

Podes incluso hoy, enviarle TCL al banco en los terminos del Art. 8 de la 24013 para que proceda a registrar al trabajador en relacion de dependencia por ambos periodos. Leete el plenario Vazquez c/ Telefonica.

Salutes!
 #849865  por sanjuanino
 
GU escribió:Es interesante, entiendo que si, que podria exigir el blanqueamiento por la totalidad del periodo trabajado para la usuaria (banco) independientemente de quien aparecio en dichos periodos como empleador formal (empresa de servicios eventuales).

Podes incluso hoy, enviarle TCL al banco en los terminos del Art. 8 de la 24013 para que proceda a registrar al trabajador en relacion de dependencia por ambos periodos. Leete el plenario Vazquez c/ Telefonica.

Salutes!
Convengo absolutamente, solo que yo dejaría que sume mas tiempo para enviar la intimación del art. 8 (para hacer mas interesante el asunto en caso de despido)
En un lugar en donde yo laburo, estoy en la misma situación