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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #848635  por ale1810
 
Hola gente, soy nuevo aca y no tengo experiencia como abogado.
El tema es que tengo un amigo que trabaja a comision, en el recibo le figura un sueldo de $2080 pero por banco "siempre" le pagan y le hacen los descuentos como si ganara $7500,
es decir que siempre tiene que generar Comisiones para llegar a los 7500 y aunque genere de mas siempre pagan por $7500.
El tema es que el mes pasado no llego a los $7500 y le hicieron firmar un vale donde dicen que "DEBE" la diferencia.
Él se quiere ir de la empresa porque este mes piensa que no va a cobrar nada, porque le van a hacer pagar lo que "debe" del mes pasado.
Que hago???
gracias a todos
 #848950  por adessoma
 
ale1810: Antes de responder tu consulta, previamente habrá que ver si:
a) La diferencia es realmente comisiones.
b) La jornada de trabajo de tu amigo (esto es importantes por que si trabaja jornada completa, el componente salarail de los haberes es inferior al salario mínimo, vital y móvil; esto es: su sueldo es $ 2.080, pero el SMVM está establecido en $ 2.300 (ver Res. 2/2011 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil).
c) La forma de cobro por banco. No creoq ue el empleador sea tan inocente y acredite el sueldo con trasnferencia bancaria porque queda en evidencia su CUIT. Probablemente, las comisiones figuren como un depósito por ventanilla.
d) Si yo fuera tu amigo le consultaría al empleador cuál es la causa del vale "DEBE" que firmó. De ser posible hacerlo por TCL. Otra estrategia es esperar a ver si el mes que viene, efectivamente le descontó la suma por el vale suscripto. Si éste es el caso, decile que se quede tranquilo, ya que del juego armónico de los arts. 12 y 9, 2° párrafo, de la LCT.
Ahora bien: El problema que puede tener tu amigo es si las comisiones figuran en el recibo realmente bajo ese rubro. En ese caso, entiendo, que sólo podrá reclamar la diferencia por las comisiones adeudadas, pero no el importe total como lo venía percibiendo anteriormente. Justamente, esto es porque las comisiones fijadas en $ 5.420 (7500-2080) no tienen el carácter de habitual. ¿Me explico? Considero que podrá reclamar la diferencia por las comisiones no abonadas, importe éste que coincidirá con el del vale que firmó.
Un comentario más: Probablemente el empleador esté bien asesorado, porque en el caso no se da el supuesto de clandestinidad salarial referido por el art. 10° ley 24.013. Es decir, acá no se vislumbra que una parte de lo que es salario conformado, el empleador lo esté pagando en negro. Simplemente, serán comisiones. Con esto te quiero decir que si intimás a la correcta registración del vínculo en los términos de la LE, no creo que prospere (será muy poco inteligente el empleador que tenga en negro a un trabajador que de SALARIO gana tan poco).
Un abrazo.
 #849153  por ale1810
 
Gracias Adrian por la ayuda.
Voy a charlar bien con el flaco este y cuando tenga bien todos los datos vuelvo a molestar!
abrazo