Estimados colegas:
Soy de la ciudad de Rosario y necesito saber si en los Tribunales de esta ciudad se puede aplicar para el cálculo de la indemnización correspondiente a una incapacidad laboral -más precisamente, una lumbalgia- la fórmula del Fallo Méndez c. Mylba de la CNAT, ya que iniciaré la demanda por reparación integral planteando las respectivas inconstitucionalidades de la L.R.T. 24.557 ante el fuero laboral. Gracias por su ayuda!!!
Soy de la ciudad de Rosario y necesito saber si en los Tribunales de esta ciudad se puede aplicar para el cálculo de la indemnización correspondiente a una incapacidad laboral -más precisamente, una lumbalgia- la fórmula del Fallo Méndez c. Mylba de la CNAT, ya que iniciaré la demanda por reparación integral planteando las respectivas inconstitucionalidades de la L.R.T. 24.557 ante el fuero laboral. Gracias por su ayuda!!!
