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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #844028  por valeriazarza
 
ola como estan? estoy con dudas y ojala me puedan orientar. Se trata de un contrato aplazo fijo que se venia renovando, el ultimo vencio en febrero y seria renovado lo que no ocurrio. La empresa quedo adeudando parte eçdel salario y francos trabajados, ademas de existir parte del sueldo en negro. Se reclamo por esa parte en negro, los francos etc. se solicito; aclare situacion y dacion de tareas. Contestaron negando todo.
1-Ahora teneiendo en cuenta que el contrato vencio y firmo el preaviso cuando firmo el contrato, estaria al horno con la parte que cobraba en negro, verdad?
2-Hay un dato que no es menor, tiene como probar los depositos de ese dinero en negro, lo que podria perjudicarlo es que le realizaban transferencia para gastos tambien.
3- Y lo que mas que nada quiero su opinion, es que posterior al vencimiento de este ultimo contrato siguio realizando tareas y tenemos prueba documental.
Se conviente en un contrato por tiempo indeterminado? no encontre nada
Contesto nuevamente la cd ratificando anterior y haciendo referencia a que continuo tareas? pensaba tambien comunicarme con la empresa
Gracias a todos!!
asi contestare que les parece??
Rechazo su carta documento CD ................. por falsa, maliciosa e improcedente. Ratifico en todos sus términos mi anterior TCL. Su negativa a reconocer la relación laboral que nos unía sólo refuerza la injuria, alegando la existencia de un contrato a plazo fijo, siendo que esta parte continuó realizando tareas bajo sus ordenes, y esta parte mostró buena fe solicitando se aclare situación laboral. Atento no haber dado cumplimiento con las intimaciones realizadas, me considero despedido por su exclusiva culpa. Ante su negativa a abonar salario, francos adeudados, liquidación final y demás rubros reclamados, en mi anterior misiva, accionaré judicialmente (art. 2°, ley 25.323).
 #844092  por sanjuanino
 
valeriazarza escribió:ola como estan? estoy con dudas y ojala me puedan orientar. Se trata de un contrato aplazo fijo que se venia renovando, el ultimo vencio en febrero y seria renovado lo que no ocurrio. La empresa quedo adeudando parte eçdel salario y francos trabajados, ademas de existir parte del sueldo en negro. Se reclamo por esa parte en negro, los francos etc. se solicito; aclare situacion y dacion de tareas. Contestaron negando todo.
1-Ahora teneiendo en cuenta que el contrato vencio y firmo el preaviso cuando firmo el contrato, estaria al horno con la parte que cobraba en negro, verdad?
2-Hay un dato que no es menor, tiene como probar los depositos de ese dinero en negro, lo que podria perjudicarlo es que le realizaban transferencia para gastos tambien.
3- Y lo que mas que nada quiero su opinion, es que posterior al vencimiento de este ultimo contrato siguio realizando tareas y tenemos prueba documental.
Se conviente en un contrato por tiempo indeterminado? no encontre nada
Contesto nuevamente la cd ratificando anterior y haciendo referencia a que continuo tareas? pensaba tambien comunicarme con la empresa
Gracias a todos!!
asi contestare que les parece??
Rechazo su carta documento CD ................. por falsa, maliciosa e improcedente. Ratifico en todos sus términos mi anterior TCL. Su negativa a reconocer la relación laboral que nos unía sólo refuerza la injuria, alegando la existencia de un contrato a plazo fijo, siendo que esta parte continuó realizando tareas bajo sus ordenes, y esta parte mostró buena fe solicitando se aclare situación laboral. Atento no haber dado cumplimiento con las intimaciones realizadas, me considero despedido por su exclusiva culpa. Ante su negativa a abonar salario, francos adeudados, liquidación final y demás rubros reclamados, en mi anterior misiva, accionaré judicialmente (art. 2°, ley 25.323).
Vamos por parte:
1- el reclamo de las sumas en negro lo hiciste intimando por la 24013? hubiera sido conveniente que sí. Creo que se te pasó denunciar en el primer telegrama la firma del preaviso en blanco al momento de ingresar a trabajar. Si no lo has hecho esto te complica, aunque se puede dar vuelta con prueba en contrario.
2- Es muy bueno que tengas pruebas de los pagos en negro, eso ayuda de manera contundente tu reclamo. La transferencia para gastos, si esta puesta así, no es preocupante
3- El tercer punto es fundamental. Mucho mejor si intimaste en su momento por la 24013. Y efectivamente, se convierte en un contrato por tiempo indeterminado
Si no te han despedido, yo cambiaría el telegrama ratificando en lo que corresponde los términos de tu telegrama anterior con sus reclamos, no considerandome despedido e intimando a la correcta registración (y la correcta consignación del salario) bajo los apercibimientos de la 24013, intimando a que te contesten en un plazo de 48Hs. a que te contesten si lo van a registrar o no, y si no lo hacen te considerás despedido
Espero te sirva
 #844101  por valeriazarza
 
Muchas gracias!!!
El preaviso no era en blanco. El primer telegrama que envie reclame por 24013 ya que no doy por extinguida la relacion laboral, el siguio trabajando luego de vencido el contrato realizando unos tramites, lo que sucede es que justamente es queque la siguiente obra no comenzo. hice referencia a que continuo tareas pondrias algo de la prueba que tengo en mi poder, y el resto del telegrama que te parece?
Gracias, a todos por su ayuda!!
 #844106  por sanjuanino
 
y si el preaviso no era en blanco, como lo firmó cuando firmó el contrato?
 #844109  por valeriazarza
 
Yo tengo copia del preaviso anterior que fue noviembre de un contrato que vencio en diciembre, ahi lo renovaron y le dieron el preaviso del vencimiento en febrero.
 #844126  por sanjuanino
 
Entonces estas haciendo todo correctamente y vas como un cañonazo.
En este caso solo le cambiaría a la parte final de tu TCL en donde dice "Ante su negativa a abonar salario, francos adeudados, liquidación final y demás rubros reclamados, en mi anterior misiva, accionaré judicialmente" yo le pondría "por todo lo expuesto comunico a Ud. que me considero en situación de despido por su exclusiva culpa. Intimo término de 48 Hs. abone (acá pones todos los rubros que necesitas que te deposite) bajo apercibimiento de accionar judicialmente y de los arts. 8 a 15 de la ley 24013, art. 2 ley 25323 y demás normativa aplicable"
ESPERO QUE TE HAYAS ACORDADO DE COMUNICAR AL AFIP POR EL ART. 11 DE LA LEY 24013
Un beso
 #844313  por sanjuanino
 
Desde el extremo Oeste d la Patria, vaya un fuerte abrazo.
A tus órdenes para lo que necesites