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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #843361  por Vik
 
Hola, tengo una demanda inciada en sede laboral en provincia de Buenos Aires por un despido, ya han contestado la misma y me he notificado, para mi sorpresa me dan audiencia para el 2014!!!! Dentro de 2 años, queria saber si aun podia pedir embargo preventivo sobre sus bienes, y cuales son los pasos de ser posible esto. Gracias.
 #843483  por oldboydoc
 
Dos años!!! y yo acà me quejo de los tiempos`procesales! Mirà podès pedir embargo preventivo como en cualquier caso, siempre que pruebes los extremos que indica el còdigo: peligro en la demora y verosimilitud del derecho. Contracautela en principio no es necesaria, pero pedì que te eximan por el caràcter alimentario de los crèditos laborales, etc etc. Suerte
 #843517  por sanjuanino
 
2 años es una salvajada.
no se como es el código de procedimientos allá, pero acá eso incumple los plazos. Por lo que ante un caso así, yo pediría por reposición que me den una fecha mas cercana y razonable y si no apelo por lo mismo a la cámara
 #844006  por virginipa
 
no justifico pero es para audiencia de vista de causa, es decir que en ese plazo hay que producir la prueba; peor en otras jurisdicciones en que te fijan 1 año para lo que llaman "audiencia de trámite" que es donde recién ahí podés ofrecer prueba (ej. Santa Fe, circunscripción Rosario), en ese caso si que tenés el expte parado hasta la audiencia.-
En Santa fé he pedido reposición alegando el vencimiento de los plazos y me la rechazaron argumentando que era evidente la morosidad judicial; despúes desistí de llevar el asunto a la cámara porque entre que te resuelven la reposición, apelas, elevan el expte. y resuelven ya me acercaba a la fecha de audiencia.-